Los Pactos del Profeta y el Tema de la Sucesión por John Andrew Morrow

sábado, diciembre 07, 2019


Departamento de Idiomas Extranjeros, Ivy Tech Community College, Fort Wayne, IN 46805, EEUU

Recibido: 21 de Agosto de 2019 / Aceptado: 21 de Octubre de 2019 / Publicado: 24 de Octubre de 2019

Resumen: Los eruditos musulmanes shiitas, con el objeto de promover su argumento de que el Imam ‘Alī era el sucesor espiritual y político del Profeta Muḥammad designado divina y proféticamente, recurren centralmente a pruebas obtenidas del Corán y de los Ḥadices, complementándolas con argumentos racionales. Resulta curioso entonces que en su intento de legitimar el Califato y el Imamato de Ahl al-Bayt (la Casa del Profeta), ignorasen uno de los elementos más importantes del cuerpo documental, es decir, las cartas, tratados y pactos del Profeta Muḥammad El estudio que sigue examina los Pactos del Mensajero de Dios con cristianos y judíos en busca de material pasado por alto en lo que hace al tema de la sucesión. De ese modo arroja luz sobre el estado del Islam antes del desgarro final de la comunidad musulmana primitiva con la aparición de sunnitas y shiitas.

Palabras clave: Pactos del Profeta; Imām ‘Alī; Califato; Imamato; Judíos; Cristianos; Zaidíes; Duodecimanos; “Kitāb Dhimmat al-Nabī Muḥammad”; “Escrito de Protección de Muḥammad”; “Dhimmah”; “Ahl al-Kitāb”; El Pueblo del Libro; Maqnā


Introducción

La sucesión del Profeta Muḥammad es uno de los temas más polémico y conflictivo en la historia del Islam. Los sunnitas insisten en que el Mensajero de Dios no dio instrucciones específicas sobre quién debería ser su sucesor y que la decisión final fue de los ancianos de la comunidad. Algunos incluso alegan que el Mensajero de Dios nombró implícitamente a Abū Bakr. Los shiitas duodecimanos afirman que el Mensajero de Dios nombró explícitamente a ‘Alī como su sucesor político y espiritual y rechazan la legitimidad de Abū Bakr, ‘Umar, y ‘Uthmān. Los shiitas zaidíes adoptan una postura intermedia entre el sunnismo y los duodecimanos. Es decir, entre la aceptación completa de los tres primeros califas y su repudio total. Los zaidíes suleimanitas creen que Abū Bakr, ‘Umar, y ‘Uthmān actuaron erróneamente pero no pecaminosamente. Hacen hincapié en que ‘Alī fue el candidato preferido para ser el primer Califa. Los zaidíes jarudiyitas rechazan a Abū Bakr, ‘Umar, y ‘Uthmān. Y eso lleva a que los zaidíes suleimanitas los coloquen juntos a los duodecimanos en la categoría de Rawāfiḍ o Rechazadores. Finalmente, los sufíes, en su intento de no entrar en el conflicto político y centrarse en la dimensión interna del Islam en contraposición con los asuntos mundanos, reconocieron generalmente a Abū Bakr como el sucesor político de facto del Profeta, a la vez que distinguieron a `Alī como el sucesor político y espiritual del Profeta. Si los Pactos del Profeta pueden proporcionar información sobre la actitud del Islam hacia las relaciones interreligiosas, la diversidad y el pluralismo, quizás también puedan arrojar luz sobre el tema de la sucesión. En el siguiente estudio, examinaré cuidadosamente los Pactos Muhamadianos en un esfuerzo por elucidar la voluntad y la intención expresada por el Mensajero de Dios en los asuntos de la sucesión.

La sucesión del Profeta en la  Sīrah (biografía del Profeta), los Pactos del Profeta, la Sunnah (dichos o tradiciones del Profeta) y las Fuentes Históricas.

En la Sīrah de Ibn Isḥāq (n. 704 C) ―una de las primeras biografías existentes del Profeta Muḥammad― se relata que casi inmediatamente luego de recibir la revelación el Mensajero de Dios determinó a su sucesor divinamente designado:
“¿Quién entonces me ayudará en esto y será mi hermano, mi albacea y mi sucesor entre ustedes? Todos permanecieron en silencio, excepto el joven ʿAlī que habló: ‘Oh Profeta de Dios, yo seré tu ayudante en esto’. Entonces el Profeta puso su mano en el cuello de ʿAlī y dijo: Este es mi hermano, mi albacea y mi sucesor entre ustedes. Escúchenlo y obedézcanlo” (118).

Las palabras empleadas fueron akhī o hermano; waṣī, albacea o fideicomisario; khalīfah o sucesor que, contrariamente a lo que afirman los sunnitas, no son en absoluto ambiguas en lengua árabe. Si esta tradición es realmente auténtica, entonces parece evidente que ‘Alī fue nombrado explícitamente como el sucesor del Profeta desde el comienzo mismo de la misión de Muḥammad. Es decir, que el establecimiento del Imamato resulta codependiente de la declaración de la última misión profética. En otras palabras, el cierre de la era de nubūwwah (profecía) marcaría el comienzo de la era de wilāyah (tutela, protección). Un hadiz qudsi lo expresa así: “Muhammad es el Señor de los Profetas, Ali es el príncipe de los creyentes, sus herederos (awsiyya uhu, es decir, los otros Imames) son, después de él [y al igual que Ali], los líderes responsables del Mandato (wulat amr)”. (Amīr-Moezzī 42; 170, nota 211).
Aunque hay una plétora de fuentes ―tanto sunnitas como shiitas― citadas por los eruditos shiitas para apoyar sus afirmaciones con respecto a la sucesión de Alī, no se puede decir lo mismo de los Pactos del Profeta que parecen haber sido ignorados. Mientras que la correspondencia del Profeta incluye cientos de cartas, que han sido compiladas a partir de decenas de fuentes y estudiadas por eruditos como Muḥammad Ḥamīdullāh y Ayatullāh Aḥmadī Miyānjī, entre otros, los Pactos del Profeta consisten en docenas de documentos.
Los Pactos con los Cristianos incluyen: el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Monjes del Monte Sinaí”; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo”, que sobrevive en dos versiones; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Najrān”, que incluye versiones corta, media y larga; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Persia”, el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Asirios”; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Armenios”, el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Siríacos Ortodoxos” y el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Coptos”, entre otros. Los Pactos con los Judíos incluyen: el “Pacto de Medina”, el “Tratado de Maqnā” y el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Hijos de Israel” del cual sobreviven media docena de versiones. Se ha encontrado solamente un “Pacto del Profeta Muḥammad con los Samaritanos” y también nada más que un “Pacto del Profeta Muhammad con los Parsis” (grupo zoroastriano). Algunos de ellos se encuentran en fuentes musulmanas, tanto sunnitas como shiitas. Otros se encuentran en fuentes judías, samaritanas y zoroastrianas.
Aunque estos Pactos según algunos estudiosos son polémicos, estuvieron en circulación desde los primeros siglos del Islam. Para un análisis de las opiniones de los entendidos que se ocupan del tema desde el siglo VII hasta el siglo XXI, se remite a los lectores a “The Provenance of the Prophet’s Covenants” (Morrow, 2017: 1-213). Desde la publicación de “Los Pactos del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” en 2013, han visto la luz varios estudios revisados por pares que abordan algunas de las polémicas que rodean a esos documentos. Las obras de Craig Considine, Aḥmed El-Wakīl, y Ḥalīm Rane son las más pertinentes en este sentido. Con todo, es bastante evidente que los Pactos del Profeta son “auténticos” o “correctos”, y por lo tanto creíbles, en el sentido de que pueden remontarse, en la medida de lo razonablemente posible, al Profeta. Y en el sentido de que están en simbiosis con el espíritu del Corán.
El propósito de los Pactos del Profeta Muḥammad con el Pueblo del Libro es claro: proveer completa libertad religiosa, poner a judíos, samaritanos, cristianos y zoroastrianos bajo la protección del Islam, establecer alianzas y crear una Confederación de Creyentes. Como ha argumentado Aḥmed El-Wakīl, la similitud entre estos documentos, que fueron ofrecidos al Pueblo del Libro en todo el Medio Oriente, sugiere que el Profeta Muḥammad los estaba otorgando en base a una Plantilla Maestra (2017: 469-526). En otras palabras, el Mensajero de Dios estaba invitando a las personas de fe a compartir el mismo conjunto de derechos y libertades. Y aunque dichos Pactos arrojan luz sobre la naturaleza pluralista del Islam primitivo, también sugieren que la Casa del Profeta, es decir, su hija Fāṭimah, su esposo ‘Alī, y los Imames de su descendencia, fueron nombrados como guardianes y protectores de los Pactos de Dios y Su Profeta.  
Leemos en la copia del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1630, que fue publicada por primera vez por Gabriel Sionita en París ―tanto en árabe como en latín― y que data del cuarto año de la hégira:

“Me comprometo a conceder alianza y garantías a esos que las requieran de mí y de todos mis familiares de entre los musulmanes, a darles el Pacto de Dios y Su Juramento y los coloco bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Mensajeros, Sus Elegidos, Sus Santos, de entre  los musulmanes y los creyentes, entre el primero y el último de ellos” (Morrow, 2013: 233).

La copia del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1538, que fue publicada por primera vez en 2013, y que data del cuarto año de la hégira, dice:

“Empecé comprometiéndome con el pacto y concedí alianzas y garantías en mi nombre y en el de toda la comunidad musulmana a quienes lo solicitaron. Les di el Pacto de Dios y Su Compromiso y los coloqué bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Elegidos, Sus Amigos de entre todos los creyentes y los musulmanes a lo largo del tiempo” (Morrow, 2013: 237).

Leemos en los “Pactos del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Najrān”, que datan del séptimo año de la hégira:

 “Me comprometo a una alianza y me comprometo con ellos en nombre de Dios y los pongo bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Elegidos, Sus Santos, los musulmanes y los creyentes, el primero de ellos y el último de ellos. Tal es mi alianza y pacto con ellos” (Morrow, 2013: 297).

Los términos empleados en los Pactos del Profeta Muḥammad con los cristianos incluyen ahlī (familias), aṣfiyyā’ (Elegidos) y awliyyā’ (Amigos de Dios, Santos y Guardianes). Puesto que el shiismo gira en torno a la centralidad de la progenie del Profeta, el término Ahl al-Bayt se utiliza de forma prolífica en las tradiciones de los duodecimanos. Los términos awliyyā’ y aṣfiyyā’ también se asocian típicamente con los Imames de la Casa del Profeta. Tomemos, por ejemplo, el siguiente dicho sagrado en el que el Mensajero de Dios pregunta: “¡Oh Señor! ¿Son estos mis herederos [refiriéndose a las entidades luminosas preexistentes de los Imames]?” La respuesta es reveladora:

“¡Oh Muḥammad! Estos son mis Amigos [awliyyā’ī], mis Elegidos Puros [aṣfiyyā’ī] y Mis Pruebas después de ti para los hombres. Son tus Herederos y tus Vicarios y las mejores de Mis criaturas después de ti. ¡Por Mi Gloria y Mi Majestad! Yo mostraré Mi religión a través de ellos” (citado Amīr-Moezzī 227, nota 664).

El Profeta Muḥammad describe sus Pactos con los Cristianos como Ḥujjāt Allāh o “Pruebas de Dios para toda la Creación” (Morrow, 2013: 215, 233, 237). Se trata de la misma expresión que se usa en las tradiciones shiitas para describir a los Doce Imames. Como señala Moḥammad ‘Alī Amīr-Moezzī en “Twelver Shī’ism”, “al Imam se describe como la ‘Prueba de Dios’ (ḥujjat Allāh) [y] el ‘Vicario de Dios’ (khalīfat Allāh)” (45).
El término ‘ahd o mīthaq es muy rico simbólicamente: denota el Pacto primordial entre Dios y los seres puros en el Mundo de las Sombras en el que atestiguaban que no había dios sino Dios, que Muḥammad era el Mensajero, que ‘Alī era el Líder de los Creyentes y que sus Herederos eran los supervisores de la Orden de Dios y los Guardianes de Su Tesoro (Amīr-Moezzī 34). También denota el pacto sagrado entre Dios y la Humanidad en el Mundo de las Partículas en el que los componentes de los descendientes de Adán dan testimonio de la unicidad de Dios y están destinados a la obediencia o a la desobediencia (35-37). Finalmente, ‘ahd o mīthaq denota el Pacto entre el Profeta Muḥammad y el Pueblo del Libro. Si todos estos significados se fusionan, los Pactos del Profeta abarcarían mundos y trascenderían el tiempo y el espacio.
El Profeta Muḥammad aclara explícitamente que los Pactos con el Pueblo del Libro fueron el producto de la revelación divina. En el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Persia”, el Mensajero de Dios afirma que sus palabras eran “inducidas por Dios” (Morrow, 2017, vol. 3: 5). El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Asirios” comienza con las palabras: “Dios me ha dicho en una visión qué hacer, y yo reafirmo su mandato” (Morrow, 2017, vol. 3: 31). La versión G del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” afirma que sus palabras fueron reveladas al Mensajero de Dios (Morrow, 2017, vol. 3: 291). La versión A del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” dice que sus palabras fueron “reveladas... por Dios” (Morrow, 2017, vol. 3: 294). El “Pacto del Profeta Muḥammad con la Banū Zākān” también afirma dicha revelación (Morrow, 2017, vol. 3: 534). En consecuencia, los Pactos del Profeta Muḥammad podrían ser categorizados como dichos sagrados de aḥadīth qudsiyyah (es decir, dichos que Dios reveló al Profeta y que éste comunicó o los repitió a la humanidad) o tratados que constituyen un cuerpo de literatura de pleno derecho. Para Charles Upton, por lo menos, los Pactos del Profeta representan “una tercera fuente fundamental del Islam que complementa el Corán y el Hadiz” (Morrow, 2013: xi).

Los Pactos del Profeta no solo se presentan como revelaciones extracoránicas, sino que el Mensajero de Dios las describe como una de las de mayor peso que cualquier nabī mursal (profeta enviado) o malak muqarrab (ángel de la cercanía) haya recibido jamás. Esto evoca imágenes de Ghadīr Khumm y del Hadiz de Az-zaqalain (Las dos joyas preciosas), en las que el Mensajero de Dios hizo un llamamiento a los musulmanes para que siguieran el Corán y Ahl al-Bayt (la Casa del Profeta).  En cuanto al ángel de la cercanía o que se acerca, se menciona en muchos pactos del Profeta. El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Siríacos Cristianos Ortodoxos” es descrito como “el Pacto y el tratado más sólido que, por cierto, Dios dio a un profeta o a un ángel de la proximidad” (Morrow, 2017, vol. 3: 342).  Dice el Mensajero de Dios en el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Persia”: “A este Pacto estoy obligado de un modo que no le ha correspondido a ningún profeta del pasado y como ningún ángel que está delante de Dios ha encontrado fácil hacerlo valer” (Morrow, 2017, vol. 3: 5; Morrow, 2013: 223). En el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” (manuscrito del Monte Carmelo), el Mensajero de Dios describe su protección y su pacto como “el pacto más sólido que Dios ha dado a un profeta enviado o a un ángel de la cercanía” (Morrow, 2017, vol. 3: 20; Morrow, 2013: 233).

El término malak muqarrab (ángel de la cercanía o próximo) se encuentra en una tradición atribuida al Profeta Muhammad: “Hay un momento (waqt) para mí con Dios, que ni un ángel íntimo (malak muqarrab), ni otro mensajero-profeta (nabī mursal) pueden compartirlo” (Ḥussainī). Esta tradición, que no se encuentra en los libros canónicos de hadices pero que se cita con frecuencia en las obras sufíes, se traduce también como “Tengo un momento con Dios (lī ma’a Allāh waqt) en el que ningún ángel que se acerque (malak muqarrab) o profeta enviado (nabī mursal) compite conmigo” (Böwering 108). La referencia al ángel de la proximidad también aparece en un dicho compartido por varios de los Doce Imames: “Nuestra enseñanza es ardua. Los únicos que tienen capacidad para ello son: un profeta enviado a los hombres, un ángel de la cercanía o un iniciado cuyo corazón ha sido probado por Dios para la fe” (Amīr-Moezzī 5, 55, 182, nota 283; Mavānī 46).
Las referencias al malak muqarrab se encuentran en el “Gulistān” o “Rose Garden” (119) de Sa’dī (m. 1291 C), en “Arā’is al-bayān fī hadā’iq al-Qur’ān” de Rūzbihān al-Baqlī (m. 1209 C) (194), en “Panagyrics” de Mutannabī (m. 965 C) (172) y en la obra de Ḥamīd al-Dīn al-Kirmānī (m. 1021 C) (93), entre muchos otros. Dado que el malak muqarrab tiende a ser mencionado en las primeras obras de sufíes y shiitas, los Pactos del Profeta surgirían de esas mismas corrientes islámicas. Para Sayyid Ḥaydar Amulī (m. 1385), sufismo y shiismo eran lo mismo (Naṣr 14). Expresa Sayyid Muḥammad Ḥusayn Ḥusaynī Tihrānī, “el sendero recto es aquel que combina lo exotérico y lo esotérico” (1). Para los partidarios del ‘irfān / taṣawwuf, los verdaderos musulmanes son los creyentes puestos a prueba. ¿Qué prueba más grande que observar los Pactos del Profeta Muḥammad al tratar con la Gente del Libro? Algunos sunnitas de las líneas omeya y abasida podrían argumentar que los rasgos shiitas y sufíes que se encuentran en los Pactos del Profeta sugieren que fueron falsificados. Sin embargo, los sunnitas de las líneas antiomeya y antiabásida argumentarían, junto con shiitas y sufíes, lo contrario.
Otra evidencia de que los Pactos Muḥammadianos surgieron del Islam tradicional, civilizado centrado en la sharī’ah (legislación), la ṭarīqah (camino espiritual) y la ḥaqīqah (Verdad suprema), se encuentra en los “Pactos del Profeta Muhammad con los Judíos”. Las obras en cuestión, estudiadas previamente por Hartwig Hirschfeld (1903), `Abd al-Wāsi’ ibn Yaḥyā al-Wāsi’i (1928), S.D. Goitein (1933, 1971), Yosef Rivlin (1935), Reuben Ahroni (1981, 1998), Yehudah Nini (1983), Nisim Gamlieli (1983) y Reuven Firestone (2014), son aún más explícitas a la hora de defender el papel espiritual y político central de Ahl al-Bayt. En la versión H del documento, encontrado en Egipto y que fue publicado por Hartwig Hirschfeld en 1903, leemos: “La Familia de la Casa del Mensajero de Dios y todos los musulmanes están encargados de cumplir con todo lo que está en esta carta” (Morrow, 2017, vol. 2: 289). En lugar de utilizar la palabra ahl (familia), como aparece en los Pactos Cristianos, los Pactos Judíos emplean el término ahl al-bayt Rasūl Allāh o el Pueblo de la Casa del Mensajero de Dios, cuyo significado no puede ser más claro.
El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Persia”, concedido a los cristianos armenios, también especifica que los hombres musulmanes solo pueden casarse con mujeres cristianas en matrimonios mut’ah (de plazo fijo), a diferencia de nikāḥ (matrimonios permanentes) (Morrow, 2013: 225). Si esto es correcto, ello apoyaría la narrativa de los shiitas dudodecimanos, ya que tanto los shiitas zaidíes e ismaelitas insisten en su prohibición. Si algunos de los otros pactos Muḥammadianos designan con el nombre de sultanes a los sucesores del Profeta, el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Persia” habla del gobernante como el Imam, una vez más, de acuerdo con la tradición shiita. Podemos leer: “Los viajeros... no estarán sujetos a impuestos sobre la tierra, excepto en el caso de que alguno de ellos sea heredero de una propiedad sobre la cual el Imam tenga un reclamo legal” (Morrow, 2013: 224). De manera similar, el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” (Versión H y A) también describe al sucesor legítimo del Mensajero de Dios como Imam.
Otra característica shiita se encuentra en el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Asirios”, donde la mención del Imam ‘Alī es seguida por `alayhi al-salām (la paz sea con él) (Morrow, 2013: 314). Esta peculiaridad también se encuentra en la Versión H del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos”. Dicho documento promete asimismo: “si alguno de vosotros sigue la religión del Mensajero de Dios y su mandato, tendrá una cuarta parte de lo que el Mensajero de Dios ha ordenado que se dé a la Gente de su Casa” (Morrow, 2017, vol. 2: 289).
Como es evidente, el Mensajero de Dios prometió que cualquier judío rabínico convertido al Islam recibiría una cuarta parte de los khums (impuestos islámicos) destinados a Ahl al-Bayt (la Gente de la Casa), integrada por: Muḥammad, Fāṭimah, ‘Alī, Ḥasan, y Ḥusayn. De manera reveladora, el “Pacto del Profeta Muḥammad con la Casa de Salmān”, destinado a los sacerdotes zoroastrianos, también habla de khums. Pero en este caso en el contexto de la exención (Morrow, 2017, vol. 2: 444, 445). Los khums mencionados en el Corán y operativos durante la vida de Muḥammad, desaparecieron prácticamente de la escena sunnita tras el fallecimiento del Profeta. Los únicos que mantuvieron su vigencia fueron los shiitas de Ahl al-Bayt, es decir, los partidarios de la Progenie del Profeta. El persistir en la mantención de los khums debe haber tenido un fundamento, cuya fuente tendría que ver con los Pactos del Profeta Muḥammad con los judíos y los zoroastrianos.
Según el relato que acompaña el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Samaritanos”, los líderes religiosos de estos últimos pidieron que el tratado del Mensajero de Dios fuera reescrito por el Imam ‘Alī. Presumiblemente sabían que ‘Alī era el sucesor designado y querrían asegurarse de que las protecciones de ese documento no serían revocadas después de que el Mensajero de Dios falleciera. Asimismo, el “Pacto del Profeta Muḥammad con la Banū Zākān” asegura a esta subtribu judía que “No se violará ninguno de sus derechos mientras oigan al Mensajero de Dios o al Mensajero del Mensajero de Dios” (Morrow, 2017, vol. 2: 534). ¿Quién era entonces el mensajero del Mensajero de Allāh? ¿Un mero enviado o emisario o alguien mucho más importante? La respuesta parece encontrarse en el “Tratado de Maqnā”.  
El Tratado de Maqnā ―citado o mencionado en Wāqidī (m. 823 C), Ibn Sa’d (m. 845 C), Ibn Zanjaway (m. 865 C), Balādhurī (m. 892 C), Ibn Kathīr (m. 1373 C), Ibn Qayyim al-Jawziyyah (m. 1350 C), entre muchos otros, y fechado hacia el final de la misión profética―  promete a los hijos de Ḥanīnah ―que también puede pronunciarse Ḥabībah o Janbah―, judíos de Maqnā, así como al resto de los habitantes de la ciudad situada cerca de Aylah: “no habrá ningún jefe [amīr] sobre ustedes que no sea uno de los suyos o uno de la gente del Mensajero de Dios [Ahl Rasūl Allāh]” (Morrow, 2017, 2:285. Véase también Ibn Sa’d, vol. 1, parte 2:29; Balādhurī 59; Gil 29; Qureshī 182). Una promesa similar se encuentra en la Versión H del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos”: “No tendrán otro gobernante [walī] que no sea de su propio seno o de la Familia del Mensajero de Dios” (Morrow, 2017, vol. 2: 289).
La versión del Pacto con los Judíos transmitida por Ibn Sa’d y Balādhurī dice que los judíos de Maqnā no tendrán otro amīr (príncipe, líder, comandante, gobernante, jefe) que el suyo propio o un miembro de la Casa del Profeta. En tanto que la Versión H, encontrada en el Geniza de El Cairo, usa la palabra walī (guardián, custodio, protector, ayudante, amigo). Mientras que amīr evoca a Amīr al-Mu’minīn o el Líder de los Creyentes, el término walī tiene un sentido shiita por excelencia. Porque ‘Alī es el Walī de Dios, el Jefe de la Awliyyā’ a quien se le concedió la Wilāyah (Tutela) sobre el Islam y los musulmanes creyentes. Para Aḥmed El-Wakīl, “La estipulación del Pacto en cuanto a que los Judíos pueden tener un gobernante de entre ellos o ‘de la Familia del Mensajero de Dios’, denota un fuerte vínculo familiar entre ambas comunidades que se estableció a través del matrimonio del Profeta con Ṣafiyyah” (2016: 41).
El Profeta en su “Carta a los Judíos” manifiesta: “Esta es una carta de Muḥammad, el Mensajero de Dios, el hermano de Moisés ibn ‘Imrān y su comisionero” (Morrow, 2013: 53). Como árabe, y descendiente de Ismael, el Profeta estaba orgulloso de conectarse, por medio del matrimonio, con el pueblo judío o con los descendientes de Isaac. Sin embargo, el significado es más profundo de lo que propone El-Wakīl. El Profeta no estaba simplemente creando la relación entre dos familias del montón. La familia de Muḥammad, los Ahl al-Bayt, se vinculaba a la familia de Aarón, los Kohanim. Los Imames de Ahl al-Bayt asumirían el papel de autoridades religiosas en el Islam de la misma manera que los descendientes directos de Aarón, el hermano de Moisés, habían asumido la autoridad sacerdotal en el judaísmo.
Si Muḥammad realmente quería que los musulmanes seleccionaran a sus sucesores basándose en la shurā (la consulta entre los ancianos de la tribu), ¿por qué habría prometido a sus súbditos que serían gobernados por sus propios representantes o por alguien de la Familia del Mensajero de Dios? No se trata de vínculos familiares con fines personales o políticos a corto plazo. Ahl Rasūl Allāh (la Familia del Mensajero de Dios) es un término de mucho peso. La afirmación de que gobernarían directa o indirectamente es muy significativa. El Profeta estaba sentando las bases de lo que se suponía era un modelo religioso y político duradero: la wilāyah o tutela de los Imames de Ahl al-Bayt. ¿Y la custodia de qué se les confiaba? Se les confiaba la custodia de los derechos y libertades que aparecen en los Pactos de Dios y Su Profeta: La Declaración Islámica de los Derechos Humanos Divinamente Concedidos.
La versión A del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos”, publicada por Reuben Ahroni en 1998, es la más elaborada de todas cuando se trata de describir la posición del Imam como cabeza de la Ummah musulmana. Se lee: “Y deberían pagar [el impuesto] al Imam encomendado por Dios, el que guía [al verdadero camino], el equitativo, el que imparte justicia” (Morrow, 2017, vol. 2: 294-295).
En otras palabras, el jizyah debe ser pagado al Imam, líder asignado por Dios con las características de equitativo, administrador de justicia y guía en función de las verdaderas enseñanzas del Islam en todas sus dimensiones, tanto exotéricas como esotéricas. La versión A del “Pacto del Profeta con los Judíos” describe el primer atributo necesario del Imam de la siguiente manera: “Y el Imam debe tener las siguientes cualidades. En primer lugar, debe estar familiarizado con lo que hace a la justicia, ser temeroso de Dios y ser inmaculado” (Morrow, 2017, vol. 2: 295).
Este punto de vista es consistente con las enseñanzas de los shiitas duodecimanos, quienes afirman que los sucesores del Profeta, es decir, los Doce Imames de Ahl al-Bayt, fueron designados por Dios y eran justos, piadosos y puros. La clave aquí es “puro” o ṭāhir, una palabra con un significado espiritual profundo y una alusión al Evento del Manto que es tan central para el shiismo duodecimano. Para ser breve, el Profeta reunió bajo su manto a ‘Alī, Ḥasan, Ḥusayn, y Fāṭimah, declaró que eran su Ahl al-Bayt y recibió la revelación del versículo treinta y tres del capítulo treinta y tres del Corán, conocido como Ayat al-Taṭhīr (versículo de la purificación), que dice: “Dios solo desea que se alejen de la impureza, ¡oh gente de la Casa! y purificarlos totalmente”.
Aunque se alega que los Pactos del Profeta con los judíos fueron inventados por los yemenitas de esa religión para buscar el favor de sus gobernantes shiitas zaidíes, la reiteración de la naturaleza inmaculada del Imam es discordante con tales afirmaciones. Los shiitas doudecimanos y septimanos creen en la doctrina de iṣmah (infalibilidad de los Imames). Y para los zaidíes sus Imames son seres humanos divinamente inspirados pero no maṣ‘umīn (infalibles). ¿Por qué un timador judío invocaría un dogma ismaelita o duodecimano (Ithnā-’Asharī) cuando apela a los sentimientos de los zaidíes?
La versión A del “Pacto del Profeta con los Judíos” describe el segundo atributo necesario del Imam de la siguiente manera: “debe llevar una vida de piedad y de renuncia al mundo y sus beneficios. [Debe ser] un guerrero contra los paganos y debe proporcionar las finanzas [apropiadas] para el jihād contra los herejes; debe expulsar a los opresores y establecer los derechos de los oprimidos frente a su opresor ante Dios. Debe tener compasión por los débiles y los pobres” (Morrow, 2017, vol. 2: 295).
La actitud hacia la jihād menor, es decir, la lucha física contra los opresores y en defensa de los oprimidos, es coherente con las enseñanzas shiitas. Según las mismas, solo el Imam justo puede declarar una guerra ofensiva. En ausencia del mismo se permiten únicamente las guerras defensivas (Amīr-Moezzī 135). La actitud frente a la guerra es comparable a la que se encuentra en el Antiguo Testamento, es decir, la ley de la retribución, ojo por ojo y diente por diente, con una distinción importante. Aunque el Islam llama  a la justicia, también alienta el perdón: “La recompensa del mal es un mal semejante. Pero quien perdone y corrija el mal será premiado por Dios” (42:40). El Corán describe a los creyentes como “los que perdonan a los hombres” (3:134) y “son pacientes y perdonan” (42:43). Puesto que la Hora se acerca, Dios aconseja a las personas de fe “¡Perdona, pues, generosamente!” (15:85).
La versión A del “Pacto del Profeta con los Judíos” describe el tercer atributo necesario del Imam de la siguiente manera: “debe ser valiente en la época de jihād, guerras y batallas” (Morrow, 2017, vol. 2: 295). Evidentemente, cualquier líder necesita ser valiente, intrépido y altruista. Sin embargo, esto no significa necesariamente que el Imam se exponga innecesariamente a situaciones peligrosas. La valentía del Imam ‘Alī en batalla era fabulosa. Los Imames al-Ḥasan y al-Ḥusayn también demostraron ser formidables luchadores en Persia y el norte de África. Y la batalla final de este último en Karbalā’ fue de una dimensión legendaria. Más aún. Once Imames encontraron la muerte a través del martirio. El Imam ‘Alī sufrió el golpe mortal de una espada mientras rezaba en su mezquita. El Imam al-Ḥusayn murió en una batalla gloriosa. Y los otros nueve fueron envenenados por los gobernantes opresivos de la época.
La versión A del “Pacto del Profeta con los Judíos” describe el cuarto atributo necesario del Imam de la siguiente manera: “debe ser de la descendencia de Fāṭimah, la hija del Profeta” (Morrow, 2017, vol. 2: 295). Esta creencia, es decir, que el Imam de la Ummah musulmana tenía que ser descendiente directo del Profeta Muḥammad a través de su hija Fāṭimah y su primo y yerno Imām ‘Alī, es compartida por todos los grupos shiitas. En el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” queda en claro que las cualidades mencionadas deben ser encarnadas por cualquiera de los Imames legítimos. De no ser así, “Quien no posea estas cualidades, no tiene derecho al Imamato y a recaudar el impuesto de capitación” (Morrow, 2017, vol. 2: 295).
Aunque la Versión A del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” contiene elementos que tienen que ver con las creencias zaidíes, también contiene elementos que atraen o son de interés de los de septimanos y duodecimanos. Dichos aspectos podrían no significar una evidencia de falsificación tardía sino la antigüedad del documento. Es decir, que el documento es anterior al desarrollo de doctrinas y dogmas que finalmente diferenciaron a los grupos shiitas.
El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” era conocido por Ibn al-Sabbāgh (m. 1451 C.), Ibn Qayyim al-Jawziyyyah (m. 1350 C.), Dhahabī (m. 1348), Ibn Taymiyyyah (m. 1328 C.) y al-Nawawī (m. 1277) (El-Wakīl, 2017: 27-31). Fue invocado en la obra de Natan’el al-Fayyūmī del siglo XII C. titulada “Bustān al-’uqūl”. Era familiar para al-Khāṭib al-Baghdādī (m. 1071) (El-Wakīl, 2017: 27-28). El documento también fue citado en forma abreviada por Ibn Ḥibbān en el siglo X, junto con Balādhurī (m. 892 C), Ibn Zanjawayh (m. 865 C), Ibn Sa’d (m. 845 C), así como por Wāqidī (m. 823 C), en el siglo IX. Según el análisis de Hartwig Hirschfeld, la antigüedad de la Versión H, encontrada en el Geniza de El Cairo, “es tan grande que podemos datarla con seguridad en el siglo X o antes” (174). Claramente, el documento, de una forma u otra, proviene de los primeros días del Islam. Por consiguiente, no se puede hablar de falsificaciones. Como mucho, se puede hablar de reelaboración de material antiguo por contracción o expansión.
Si la versión A del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” es realmente genuina, podría explicar la crisis que tuvo lugar durante el Califato de Abū Bakr. Como es bien sabido, muchas de las tribus de Arabia se rebelaron cuando Abū Bakr, a diferencia de ‘Alī, fue nombrado heredero del Profeta. Si el Profeta había informado a todos ―en el caso de los judíos por escrito― de que su sucesor tenía que pertenecer a su progenie, no es de extrañar que los judíos, los judeo-cristianos, los cristo-musulmanes, los judeo-musulmanes y los musulmanes se rebelaron contra el primer Califa durante las llamadas guerras de riddah. Si el Mensajero de Dios les había instruido específicamente que no se debía pagar nada de jizyah a quien no poseyera las cuatro cualidades especificadas, todos tenían el derecho de negarse, por principio, a abonar el mismo. Si este fue el caso, entonces las revueltas que siguieron a la muerte del Profeta fueron guerras en defensa de la rectitud y no de la apostasía.
La versión A del “Pacto del Profeta con los Judíos” afirma que el Imam está facultado para recibir khums, es decir, una quinta parte de cualquier actividad minera, además del jizyah y los impuestos sobre la propiedad:

“Corresponde a los sujetos pagar al Imam los impuestos sobre la propiedad y a lo que tiene derecho, es decir, una quinta parte de las minas de la tierra, los botines y sus recursos. Tomará lo que corresponde de los judíos, el Pueblo protegido, de acuerdo con lo que tienen en términos de propiedad. Quienes [viajan] por tierra o mar, poseen camellos, barcos, esclavos y esclavas, pagarán cinco qaflas al año. Y los pobres [pagarán] una qafla y media. Pero los pobres deben tener comida para doce meses y ropa para un año. De lo contrario, quedan exentos de pago” (Morrow, 2017, vol. 2: 295).

La magnitud de los khums mencionados anteriormente está de acuerdo con la jurisprudencia zaidí y jafarita. Lo mismo se aplica a los factores utilizados para determinar si una persona es pobre o no. Tales posiciones en materia de jurisprudencia podrían haberse derivado en parte de los “Pactos del Profeta con los Judíos”.
La Versión A del Pacto del “Profeta con los Judíos” no solo reconoce que el único líder autorizado para recibir jizyah es el Imam virtuoso, designado divinamente, justo y puro, sino que le impone obligaciones:

“El [Imām] tendrá derecho a la jizyah, solo después de haberles concedido [a los judíos] protección, tres días hacia el este y tres días hacia el oeste, tres días hacia el norte y tres días hacia el sur. Esto concuerda con el [número de signos del] zodíaco, [pues] ellos [los Hijos de Israel] son doce tribus. Y [el Imam] debe concederles la protección de Dios y la protección del Mensajero y su comunidad”. (Morrow, 2017, vol. 2: 295).

En otras palabras, no hay derechos sin obligaciones. En resumen, ningún gobernante tiene el derecho de recolectar jizyah a menos que cumpla con su obligación de proteger a la comunidad judía del pacto.
El Mensajero de Dios, después de completar la Peregrinación de Despedida en el décimo año de la hégira, se detuvo en el Estanque de Ghadīr Khumm el 18 de Dhū al-Ḥijjah, fecha que corresponde al 10 de marzo del año 632 C. Fue allí donde recibió la revelación: “¡Oh, Mensajero! ¡Transmite lo que ha descendido a ti procedente de tu Señor! Y, si no lo haces, será como si no hubieses transmitido nada de Su mensaje. Dios te protegerá de los hombres” (Corán, 5:67). En tal lugar, en presencia de 120.000 musulmanes, pronunció un sermón de tres horas de duración, en el que declaró:

Parece que se ha acercado el momento en que seré llamado (por Dios) y responderé a ese llamado. Les dejo dos cosas preciosas y si se adhieren a ambas, nunca se desviarán después de mí. Son el Libro de Dios y mi Progenie, que es mi Ahl al-Bayt. Los dos nunca se separarán uno del otro hasta que vengan a la Alberca (del Paraíso).

Luego el Mensajero de Dios continuó: “¿No tengo más derecho sobre los creyentes que ellos mismos?” El pueblo lloró y respondió: “Sí, Mensajero de Dios”. Fue entonces cuando el Profeta levantó la mano de Alī y dijo: “Para quienquiera que yo sea su maestro [mawlā], ‘Alī es también su maestro [mawlā]. Oh Dios, ama a los que le aman, y sé hostil con los que le son hostiles”. Inmediatamente después de concluir su sermón, se reveló el siguiente versículo del Corán: “Hoy he completado vuestra religión y he consumado Mi bendición sobre vosotros y estoy satisfecho de haberos dado como creencia el Islam” (Corán, 5:3).
La mayoría de los hadices o tradiciones proféticas son aḥad. Es decir, fueron transmitidas por una sola persona. Tales dichos no son hechos. Otras tradiciones son mutawātir o continuas, es decir, fueron transmitidas por numerosas autoridades. Los estudiosos del hadiz difieren en cuanto a cuántos narradores se necesitan para que una tradición sea considerada continua. Algunos ponen el mínimo en cuatro, cinco, siete o diez. Otros elevan el listón a cuarenta o incluso setenta.
El Ḥadiz de Ghadīr Khumm, sin embargo, ha sido transmitido por la Casa del Profeta: ‘Alī, Fāṭimah, Ḥasan y Ḥusayn. Por ciento diez compañeros del Profeta, entre ellos `Umar, `Uthmān, `A’ishah, Abū Hurayrah, Abū Dharr al-Ghiffārī, Salmān al-Fārsī, Zubayr ibn al-’Awwām, Jābir ibn `Abd Allāh al-Anṣārī, entre muchos otros. Por ochenta y tres seguidores de los compañeros del Profeta. Por trescientos sesenta estudiosos sunnitas desde el siglo II hasta el IV después de la hégira. También fue transmitido por todos los grandes estudiosos del shiismo como Kulaynī, Qummī, Mufīd, y Sharīf al-Murtaẓā. El Ḥadiz de Ghadīr Khumm es auténtico según los estándares académicos islámicos. No solo eso: es un hecho histórico según los estándares académicos occidentales. Como no tiene sentido exponer lo evidente, los lectores pueden dirigirse a “al-Ghadīr fī al-Kitāb wa al-Sunnah”, la obra enciclopédica de once volúmenes de `Allāmah Āminī. Todo lo que se puede decir es que el caso está cerrado.
Es importante advertir que durante el Evento de Ghadīr Khumm el Profeta Muḥammad usó el término mawlā, que significa “maestro”, “guardián”, o “alguien investido de tutela o autoridad”, para referirse a `Alī, en tanto que en algunas fuentes se usa walī que, esencialmente, significa lo mismo: “amigo”, “guardián”, “santo” o “alguien investido de tutela o autoridad”. El Profeta estaba otorgando la wilāyah o tutela a `Alī, a quien describió como un mawlā (maestro) o alguien responsable de tutelar. Del mismo modo que otorgaba Pactos en nombre de los awliyyā’ que lo sucederían, es decir, de aquellos llamados a ejercer la tutela.
Si vamos a aceptar las fuentes mencionadas que se encuentran en tradiciones proféticas, biografías proféticas, historia profética y pactos proféticos, entonces la evidencia parece apoyar la afirmación de que Muḥammad ibn ‘Abd Allāh, el Mensajero de Dios, designó explícitamente a `Alī como su sucesor espiritual y político a lo largo de toda su misión, desde el principio hasta el final. Y que confió en los Imames de Ahl al-Bayt para que tutelaran el Islam, con el objeto de asegurase de que los derechos y libertades que Dios y Su Profeta habían concedido a todas las personas fueran respetados en todos los tiempos venideros.
Se pueden presentar alegaciones de falsificación para contrarrestar tales afirmaciones. Pero sería absurdo. Los opositores de los Pactos del Profeta Muḥammad con los cristianos afirmaron que fueron inventados por los cristianos. Los opositores de los Pactos del Profeta Muḥammad con los judíos alegaron que fueron concebidos por los judíos. Los opositores de los Pactos del Profeta con los samaritanos postularon que fueron fabricados por los samaritanos. Los opositores de los Pactos del Profeta Muḥammad con los Zoroastrianos pretendían que habían sido fraguados por los Zoroastrianos. ¿Cambiará ahora la narración para afirmar que todos los Pactos del Profeta Muḥammad fueron falsificados por los shiitas? ¿O estaban los cristianos, judíos, samaritanos y zoroastrianos, todo el Pueblo del Libro, colaborando con los shiitas “herejes” en algún gran esquema conspirativo?
El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Asirios” surgió en una comunidad cristiana en la Alta Mesopotamia, en lo que hoy es la Turquía moderna, que estaba rodeada de musulmanes. El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Najrān” se originó en la ciudad del mismo nombre en la que convivían cristianos, judíos y zoroastrianos. Fue encontrado por el monje Ḥabīb en el “Bayt al-Ḥikmah” (Casa de la Sabiduría) de Bīr Mantha, un suburbio de Baghdād, en el siglo IX e incluido en “Chronicle of Seert”. La ciudad en cuestión, situada en el sudeste de Turquía, ha estado tradicionalmente rodeada de musulmanes. La copia del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1630 fue encontrada en el Monte Carmelo en un entorno sunita. La copia del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1538 proviene de Egipto en una época en que el país era sustancialmente sunnita.
El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Samaritanos” se encontraba en el “Kitāb al-Tārīkh” de Abū al-Fatḥ al-Sāmirī, un cronista del siglo XIV que al parecer tenía su sede en Palestina, en un entorno sunnita. La versión H del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” proviene de la Geniza de El Cairo y podría haber sido copiada durante la época shiita fatimita. También aparece como el “Tratado de Maqnā”, citado por Ibn Sa’d (m. 845 C) y Balādhurī (m. alrededor de 892 C) en época de los abásidas. En consecuencia, queda desacreditada la afirmación de que se origina en una falsificación shiita hecha por Muḥammad Ḥamīdullāh (1956) y Muḥammad Ṣiddīque Qureishī (1991) (Morrow, 2013: 355; 2017, vol. 2: 284).
Hasta la fecha, uno de los estudios más importantes sobre el “Tratado de Maqnā” fue escrito por Aḥmed El-Wakīl, quien ha forzado a los académicos, entre los que me incluyo, a reexaminar las consideraciones cronológicas. La comparación que hizo de las versiones judía y musulmana del documento “revela el grado de manipulación de esta última” (2016: 80). Aunque yo inicialmente tendía a concluir que la versión del “Tratado de Maqnā” relatado por Ibn Sa’d y Balādhurī era relativamente confiable y que otras versiones se sobredimensionaron debido a los agregados judíos, debo inclinarme ante la evidencia expuesta por Aḥmed El-Wakil concienzudamente:

“Una comparación del Pacto con los Judíos de Khaybar y Maqnā y el Pacto de al-Balādhurī demuestra que hubo una manipulación deliberada de la historia islámica temprana para adaptarse a los factores de poder, a pesar de la clara y firme advertencia del Profeta de no alterar los pactos” (2016: 62).

En otras palabras, la versión del “Tratado de Maqnā” encontrada en el Geniza de El Cairo, es decir, la versión H del “Pacto del Profeta Muhammad con los Judíos”, que es la más antigua de todas según Hartwig Hirschfeld (174), parece ser auténtica. Mientras que, según la fuente de Balādhurī (173), la versión basada en una entrega fragmentaria de segunda mano transmitida por medios musulmanes parece haber sido recortada y acortada por razones de Estado. Sin embargo, incluso en la versión censurada y truncada se establece fuera de toda duda que el Profeta Muḥammad se había reconciliado con los judíos y que no hay motivos para el antisemitismo en el Islam.
Si bien se descubrió un Pacto con los judíos en Egipto, los otros provienen de familias y comunidades judías en Yemen. Tengamos en cuenta que los shiitas zaidíes hasta poco siempre fueron una minoría en la región, aunque ahora representan el 44% de la población. ¿Por qué, entonces, los judíos tratarían de hacerse querer por una minoría musulmana perseguida que fue históricamente blanco de los poderes sunnitas de la región y del mundo musulmán en general? Simplemente no tiene sentido.
El “Pacto del Profeta Muḥammad con la Casa de Salmān” aparece en Persia pero no en la época de los safávidas sino cuando la zona era casi exclusivamente sunnita. El documento se presenta en los trabajos de eruditos sunnitas del hadiz como Abū al-Shaykh (m. 979 C) y Abū Nu’aym (m. 1038 C). Recién surge en fuentes shiitas un siglo más tarde cuando Ibn Shahrāshūb (m. 1192 C) incluye una recensión. Esta versión fue reproducida íntegramente quinientos años después por el erudito shiita safávida Majlisī (m. 1698) en su “Biḥār al-anwār”. Si los shiitas inventaron los Pactos del Profeta, ¿por qué fueron los últimos en registrarlos?

Conclusiones

Como puede apreciarse en este breve estudio, el Mensajero de Dios describió a Alī como walī, waṣī, mawlā, y khalīfah en hadices o tradiciones proféticas auténticos. Cuando el Profeta del Islam otorgó Pactos de Protección a judíos, cristianos y zoroastrianos, lo hizo en nombre de los aṣfiyyā’ y awliyyā’, es decir, en nombre de los elegidos y de los justos amigos de Dios a los que se otorgaba la facultad de cuidar y supervisar la comunidad. Específicamente les dijo a los judíos de Hanīnah que nadie los gobernaría excepto uno de ellos o un miembro de Ahl Rasūl Allāh (la Familia del Mensajero de Dios). A los judíos yemenitas les aseveró que serían gobernados por uno de ellos o por un miembro de su Ahl al-Bayt. ¿A quién se refería el Mensajero de Dios cuando hablaba de aṣfiyyā’, ahlī, awṣiyyā’, mawālī, khulafā’, Ahl Rasūl Allāh, y Ahl al-Bayt? ¿Quiénes fueron los elegidos, la progenie, los ejecutores, los maestros investidos de autoridad, los sucesores, la Casa del Mensajero de Dios y la Gente de la Casa sino los Doce Imames de Ahl al-Bayt?
Aunque se lo puede considerar algo etéreo, a los Imames de Ahl al-Bayt se los presenta en los Pactos en calidad de sucesores del Profeta y protectores del Pueblo del Libro. Los Pactos del Profeta se hacen en nombre de los elegidos de Dios y de los santos, es decir, de los seguidores de la religión esotérica. Y en su redacción se advierte que cualquier sultán, es decir, cualquier seguidor de la religión exotérica que los viole será condenado. Los Pactos Muḥammadianos manifestarían una distinción entre autoridades espirituales y políticas. ¿Podría constituir esto un indicio de que son posteriores a la separación sunnita-shiita? Creo que no. Por el contrario, su falta de especificidad sectaria sugiere que son anteriores a la misma. Aparte de ciertos pactos con los judíos ―que tienen un sabor shiita ligeramente más fuerte― que podrían proporcionar una base doctrinal y jurisprudencial para zaidíes y duodecimanos, el shiismo es sutil en el resto de los pactos Muḥammadianos. De hecho, nos recuerda al imamismo inicial, que era una síntesis de shiismo y sufismo. También podría evocar formas tradicionales de sufismo que remontan sus linajes espirituales a los Imames de Ahl al-Bayt. Los Pactos del Profeta no contienen ningún indicio de falsificación cristiana, judía, sunnita, sufi o shiita. No son inventos de los seguidores de los cinco, siete o doce Imames. Parecen ser el producto de un entorno o ambiente musulmán primitivo. Contienen las semillas que brotarían para formar diferentes escuelas de pensamiento, jurisprudencia y espiritualidad. Parecen pertenecer al período original o primitivo del Islam.
Los Pactos del Profeta con los cristianos, judíos, samaritanos y zoroastrianos no son falsificaciones, independientemente de lo que problematicen nuestra comprensión del Profeta Muḥammad y de los comienzos del Islam. En todo caso, una extensa investigación sugiere que son la encarnación de la honestidad teórica. Demuestran que la comunidad musulmana se desvió de manera importante de las enseñanzas del Mensajero de Dios. En primer lugar, por no seguir a sus sucesores divinos y proféticamente designados, los Imames de Ahl al-Bayt. En segundo lugar, por no seguir, aplicar e implementar los Pactos que Dios, el Profeta y Sus Herederos le confiaron. Y, en tercer lugar, por no abrazar la democracia en ausencia de un Imam divinamente designado.

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