Los Pactos del Profeta y el Tema de la Sucesión por John Andrew Morrow
sábado, diciembre 07, 2019
Departamento de Idiomas Extranjeros, Ivy Tech Community College, Fort
Wayne, IN 46805, EEUU
Recibido: 21 de Agosto de 2019 / Aceptado: 21 de
Octubre de 2019 / Publicado: 24 de Octubre de 2019
Resumen: Los eruditos
musulmanes shiitas, con el objeto de promover su argumento de que el Imam ‘Alī
era el sucesor espiritual y político del Profeta Muḥammad designado divina y
proféticamente, recurren centralmente a pruebas obtenidas del Corán y de los
Ḥadices, complementándolas con argumentos racionales. Resulta curioso entonces
que en su intento de legitimar el Califato y el Imamato de Ahl al-Bayt
(la Casa del Profeta), ignorasen uno de los elementos más importantes del
cuerpo documental, es decir, las cartas, tratados y pactos del Profeta Muḥammad
El estudio que sigue examina los Pactos del Mensajero de Dios con cristianos y
judíos en busca de material pasado por alto en lo que hace al tema de la
sucesión. De ese modo arroja luz sobre el estado del Islam antes del desgarro
final de la comunidad musulmana primitiva con la aparición de sunnitas y
shiitas.
Palabras
clave: Pactos del Profeta; Imām ‘Alī; Califato;
Imamato; Judíos; Cristianos; Zaidíes; Duodecimanos; “Kitāb Dhimmat al-Nabī
Muḥammad”; “Escrito de Protección de Muḥammad”; “Dhimmah”; “Ahl al-Kitāb”; El
Pueblo del Libro; Maqnā
Introducción
La sucesión del Profeta Muḥammad
es uno de los temas más polémico y conflictivo en la historia del Islam. Los
sunnitas insisten en que el Mensajero de Dios no dio instrucciones específicas
sobre quién debería ser su sucesor y que la decisión final fue de los ancianos
de la comunidad. Algunos incluso alegan que el Mensajero de Dios nombró
implícitamente a Abū Bakr. Los shiitas duodecimanos afirman que el Mensajero de
Dios nombró explícitamente a ‘Alī como su sucesor político y espiritual y
rechazan la legitimidad de Abū Bakr, ‘Umar, y ‘Uthmān. Los shiitas zaidíes
adoptan una postura intermedia entre el sunnismo y los duodecimanos. Es decir,
entre la aceptación completa de los tres primeros califas y su repudio total.
Los zaidíes suleimanitas creen que Abū Bakr, ‘Umar, y ‘Uthmān actuaron
erróneamente pero no pecaminosamente. Hacen hincapié en que ‘Alī fue el
candidato preferido para ser el primer Califa. Los zaidíes jarudiyitas rechazan
a Abū Bakr, ‘Umar, y ‘Uthmān. Y eso lleva a que los zaidíes suleimanitas los
coloquen juntos a los duodecimanos en la categoría de Rawāfiḍ o
Rechazadores. Finalmente, los sufíes, en su intento de no entrar en el
conflicto político y centrarse en la dimensión interna del Islam en
contraposición con los asuntos mundanos, reconocieron generalmente a Abū Bakr
como el sucesor político de facto del Profeta, a la vez que distinguieron a
`Alī como el sucesor político y espiritual del Profeta. Si los Pactos del
Profeta pueden proporcionar información sobre la actitud del Islam hacia las
relaciones interreligiosas, la diversidad y el pluralismo, quizás también
puedan arrojar luz sobre el tema de la sucesión. En el siguiente estudio,
examinaré cuidadosamente los Pactos Muhamadianos en un esfuerzo por elucidar la
voluntad y la intención expresada por el Mensajero de Dios en los asuntos de la
sucesión.
La
sucesión del Profeta en la Sīrah
(biografía del Profeta), los Pactos del Profeta, la Sunnah (dichos o
tradiciones del Profeta) y las Fuentes Históricas.
En la Sīrah de Ibn Isḥāq (n. 704 C) ―una de las primeras
biografías existentes del Profeta Muḥammad― se relata que casi inmediatamente
luego de recibir la revelación el Mensajero de Dios determinó a su sucesor
divinamente designado:
“¿Quién entonces me ayudará en esto y será mi
hermano, mi albacea y mi sucesor entre ustedes? Todos permanecieron en silencio,
excepto el joven ʿAlī que habló: ‘Oh Profeta de Dios, yo seré tu ayudante en
esto’. Entonces el Profeta puso su mano en el cuello de ʿAlī y dijo: Este es mi
hermano, mi albacea y mi sucesor entre ustedes. Escúchenlo y obedézcanlo”
(118).
Las palabras empleadas fueron akhī o hermano; waṣī,
albacea o fideicomisario; khalīfah o sucesor que, contrariamente a lo
que afirman los sunnitas, no son en absoluto ambiguas en lengua árabe. Si esta
tradición es realmente auténtica, entonces parece evidente que ‘Alī fue
nombrado explícitamente como el sucesor del Profeta desde el comienzo mismo de
la misión de Muḥammad. Es decir, que el establecimiento del Imamato resulta
codependiente de la declaración de la última misión profética. En otras
palabras, el cierre de la era de nubūwwah (profecía) marcaría el
comienzo de la era de wilāyah (tutela, protección). Un hadiz qudsi
lo expresa así: “Muhammad es el Señor de los Profetas, Ali es el
príncipe de los creyentes, sus herederos (awsiyya uhu, es decir, los
otros Imames) son, después de él [y al igual que Ali], los líderes responsables
del Mandato (wulat amr)”. (Amīr-Moezzī 42;
170, nota 211).
Aunque hay una plétora de fuentes
―tanto sunnitas como shiitas― citadas por los eruditos shiitas para apoyar sus
afirmaciones con respecto a la sucesión de Alī, no se puede decir lo mismo de
los Pactos del Profeta que parecen haber sido ignorados. Mientras que la
correspondencia del Profeta incluye cientos de cartas, que han sido compiladas
a partir de decenas de fuentes y estudiadas por eruditos como Muḥammad
Ḥamīdullāh y Ayatullāh Aḥmadī Miyānjī, entre otros, los Pactos del Profeta
consisten en docenas de documentos.
Los Pactos con los Cristianos
incluyen: el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Monjes del Monte Sinaí”; el “Pacto
del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo”, que sobrevive en dos
versiones; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Najrān”, que
incluye versiones corta, media y larga; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los
Cristianos de Persia”, el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos
Asirios”; el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Armenios”, el “Pacto
del Profeta Muḥammad con los Cristianos Siríacos Ortodoxos” y el “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Cristianos Coptos”, entre otros. Los Pactos con los
Judíos incluyen: el “Pacto de Medina”, el “Tratado de Maqnā” y el “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Hijos de Israel” del cual sobreviven media docena de
versiones. Se ha encontrado solamente un “Pacto del Profeta Muḥammad con los
Samaritanos” y también nada más que un “Pacto del Profeta Muhammad con los
Parsis” (grupo zoroastriano). Algunos de ellos se encuentran en fuentes
musulmanas, tanto sunnitas como shiitas. Otros se encuentran en fuentes judías,
samaritanas y zoroastrianas.
Aunque estos Pactos según algunos
estudiosos son polémicos, estuvieron en circulación desde los primeros siglos
del Islam. Para un análisis de las opiniones de los entendidos que se ocupan
del tema desde el siglo VII hasta el siglo XXI, se remite a los lectores a “The
Provenance of the Prophet’s Covenants” (Morrow, 2017: 1-213). Desde la
publicación de “Los Pactos del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo”
en 2013, han visto la luz varios estudios revisados por pares que abordan
algunas de las polémicas que rodean a esos documentos. Las obras de Craig
Considine, Aḥmed El-Wakīl, y Ḥalīm Rane son las más pertinentes en este
sentido. Con todo, es bastante evidente que los Pactos del Profeta son “auténticos”
o “correctos”, y por lo tanto creíbles, en el sentido de que pueden remontarse,
en la medida de lo razonablemente posible, al Profeta. Y en el sentido de que
están en simbiosis con el espíritu del Corán.
El propósito de los Pactos del
Profeta Muḥammad con el Pueblo del Libro es claro: proveer completa libertad
religiosa, poner a judíos, samaritanos, cristianos y zoroastrianos bajo la
protección del Islam, establecer alianzas y crear una Confederación de Creyentes.
Como ha argumentado Aḥmed El-Wakīl, la similitud entre estos documentos, que
fueron ofrecidos al Pueblo del Libro en todo el Medio Oriente, sugiere que el
Profeta Muḥammad los estaba otorgando en base a una Plantilla Maestra (2017:
469-526). En otras palabras, el Mensajero de Dios estaba invitando a las
personas de fe a compartir el mismo conjunto de derechos y libertades. Y aunque
dichos Pactos arrojan luz sobre la naturaleza pluralista del Islam primitivo,
también sugieren que la Casa del Profeta, es decir, su hija Fāṭimah, su esposo ‘Alī,
y los Imames de su descendencia, fueron nombrados como guardianes y protectores
de los Pactos de Dios y Su Profeta.
Leemos en la copia del “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1630, que fue publicada por
primera vez por Gabriel Sionita en París ―tanto en árabe como en latín― y que
data del cuarto año de la hégira:
“Me comprometo a
conceder alianza y garantías a esos que las requieran de mí y de todos mis
familiares de entre los musulmanes, a darles el Pacto de Dios y Su Juramento y
los coloco bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Mensajeros, Sus Elegidos,
Sus Santos, de entre los musulmanes y
los creyentes, entre el primero y el último de ellos” (Morrow, 2013: 233).
La copia del “Pacto del Profeta
Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1538, que fue publicada por primera
vez en 2013, y que data del cuarto año de la hégira, dice:
“Empecé comprometiéndome con el
pacto y concedí alianzas y garantías en mi nombre y en el de toda la comunidad
musulmana a quienes lo solicitaron. Les di el Pacto de Dios y Su Compromiso y
los coloqué bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Elegidos, Sus Amigos de
entre todos los creyentes y los musulmanes a lo largo del tiempo” (Morrow, 2013: 237).
Leemos en los “Pactos
del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Najrān”, que datan del séptimo año
de la hégira:
“Me comprometo a una alianza y me comprometo
con ellos en nombre de Dios y los pongo bajo la salvaguardia de Sus Profetas,
Sus Elegidos, Sus Santos, los musulmanes y los creyentes, el primero de ellos y
el último de ellos. Tal es mi alianza y pacto con ellos” (Morrow, 2013: 297).
Los términos empleados en los
Pactos del Profeta Muḥammad con los cristianos incluyen ahlī (familias),
aṣfiyyā’ (Elegidos) y awliyyā’ (Amigos de Dios, Santos y
Guardianes). Puesto que el shiismo gira en torno a la centralidad de la
progenie del Profeta, el término Ahl al-Bayt se utiliza de forma
prolífica en las tradiciones de los duodecimanos. Los términos awliyyā’
y aṣfiyyā’ también se asocian típicamente con los Imames de la Casa del
Profeta. Tomemos, por ejemplo, el siguiente dicho sagrado en el que el
Mensajero de Dios pregunta: “¡Oh Señor! ¿Son estos mis herederos [refiriéndose
a las entidades luminosas preexistentes de los Imames]?” La respuesta es
reveladora:
“¡Oh Muḥammad! Estos
son mis Amigos [awliyyā’ī], mis Elegidos Puros [aṣfiyyā’ī] y Mis
Pruebas después de ti para los hombres. Son tus Herederos y tus Vicarios y las
mejores de Mis criaturas después de ti. ¡Por Mi Gloria y Mi Majestad! Yo
mostraré Mi religión a través de ellos” (citado Amīr-Moezzī 227, nota 664).
El Profeta Muḥammad describe sus
Pactos con los Cristianos como Ḥujjāt Allāh o “Pruebas de Dios para toda
la Creación” (Morrow, 2013: 215, 233, 237). Se trata de la misma expresión que
se usa en las tradiciones shiitas para describir a los Doce Imames. Como señala Moḥammad ‘Alī
Amīr-Moezzī en “Twelver
Shī’ism”, “al Imam se describe como la ‘Prueba de Dios’ (ḥujjat Allāh) [y]
el ‘Vicario de Dios’ (khalīfat Allāh)” (45).
El término ‘ahd o mīthaq
es muy rico simbólicamente: denota el Pacto primordial entre Dios y los seres
puros en el Mundo de las Sombras en el que atestiguaban que no había dios sino
Dios, que Muḥammad era el Mensajero, que ‘Alī era el Líder de los Creyentes y
que sus Herederos eran los supervisores de la Orden de Dios y los Guardianes de
Su Tesoro (Amīr-Moezzī 34). También denota el pacto sagrado entre Dios y la
Humanidad en el Mundo de las Partículas en el que los componentes de los
descendientes de Adán dan testimonio de la unicidad de Dios y están destinados
a la obediencia o a la desobediencia (35-37). Finalmente, ‘ahd o mīthaq
denota el Pacto entre el Profeta Muḥammad y el Pueblo del Libro. Si todos estos
significados se fusionan, los Pactos del Profeta abarcarían mundos y
trascenderían el tiempo y el espacio.
El Profeta Muḥammad aclara
explícitamente que los Pactos con el Pueblo del Libro fueron el producto de la
revelación divina. En el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de
Persia”, el Mensajero de Dios afirma que sus palabras eran “inducidas por Dios”
(Morrow, 2017, vol. 3: 5). El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos
Asirios” comienza con las palabras: “Dios me ha dicho en una visión qué hacer,
y yo reafirmo su mandato” (Morrow, 2017, vol. 3: 31). La versión G del “Pacto
del Profeta Muḥammad con los Judíos” afirma que sus palabras fueron reveladas
al Mensajero de Dios (Morrow, 2017, vol. 3: 291). La versión A del “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Judíos” dice que sus palabras fueron “reveladas... por
Dios” (Morrow, 2017, vol. 3: 294). El “Pacto del Profeta Muḥammad con la Banū
Zākān” también afirma dicha revelación (Morrow, 2017, vol. 3: 534). En
consecuencia, los Pactos del Profeta Muḥammad podrían ser categorizados como
dichos sagrados de aḥadīth qudsiyyah (es decir, dichos que Dios reveló
al Profeta y que éste comunicó o los repitió a la humanidad) o tratados que
constituyen un cuerpo de literatura de pleno derecho. Para Charles Upton, por
lo menos, los Pactos del Profeta representan “una tercera fuente fundamental
del Islam que complementa el Corán y el Hadiz” (Morrow, 2013: xi).
Los Pactos del Profeta no solo se presentan como revelaciones
extracoránicas, sino que el Mensajero de Dios las describe como una de las de
mayor peso que cualquier nabī mursal (profeta enviado) o malak
muqarrab (ángel de la cercanía) haya recibido jamás. Esto evoca imágenes de
Ghadīr Khumm y del Hadiz de Az-zaqalain (Las dos joyas preciosas), en las que
el Mensajero de Dios hizo un llamamiento a los musulmanes para que siguieran el
Corán y Ahl al-Bayt (la Casa del Profeta). En cuanto al ángel de la cercanía o que se
acerca, se menciona en muchos pactos del Profeta. El “Pacto del Profeta
Muḥammad con los Siríacos Cristianos Ortodoxos” es descrito como “el Pacto y el
tratado más sólido que, por cierto, Dios dio a un profeta o a un ángel de la
proximidad” (Morrow, 2017, vol. 3: 342).
Dice el Mensajero de Dios en el “Pacto del Profeta Muḥammad con los
Cristianos de Persia”: “A este Pacto estoy obligado de un modo que no le ha correspondido
a ningún profeta del pasado y como ningún ángel que está delante de Dios ha
encontrado fácil hacerlo valer” (Morrow, 2017, vol. 3: 5; Morrow, 2013: 223).
En el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” (manuscrito del
Monte Carmelo), el Mensajero de Dios describe su protección y su pacto como “el
pacto más sólido que Dios ha dado a un profeta enviado o a un ángel de la
cercanía” (Morrow, 2017, vol. 3: 20; Morrow, 2013: 233).
El término malak muqarrab
(ángel de la cercanía o próximo) se encuentra en una tradición atribuida al
Profeta Muhammad: “Hay un momento (waqt) para mí con Dios, que ni un
ángel íntimo (malak muqarrab), ni otro mensajero-profeta (nabī mursal)
pueden compartirlo” (Ḥussainī). Esta tradición, que no se encuentra en los
libros canónicos de hadices pero que se cita con frecuencia en las obras
sufíes, se traduce también como “Tengo un momento con Dios (lī ma’a Allāh
waqt) en el que ningún ángel que se acerque (malak muqarrab) o
profeta enviado (nabī mursal) compite conmigo” (Böwering 108). La
referencia al ángel de la proximidad también aparece en un dicho compartido por
varios de los Doce Imames: “Nuestra enseñanza es ardua. Los únicos que tienen
capacidad para ello son: un profeta enviado a los hombres, un ángel de la
cercanía o un iniciado cuyo corazón ha sido probado por Dios para la fe”
(Amīr-Moezzī 5, 55, 182, nota 283; Mavānī 46).
Las referencias al malak
muqarrab se encuentran en el “Gulistān” o “Rose Garden” (119) de Sa’dī (m.
1291 C), en “Arā’is al-bayān fī hadā’iq al-Qur’ān” de Rūzbihān al-Baqlī (m.
1209 C) (194), en “Panagyrics” de Mutannabī (m. 965 C) (172) y en la obra de
Ḥamīd al-Dīn al-Kirmānī (m. 1021 C) (93), entre muchos otros. Dado que el malak
muqarrab tiende a ser mencionado en las primeras obras de sufíes y shiitas,
los Pactos del Profeta surgirían de esas mismas corrientes islámicas. Para
Sayyid Ḥaydar Amulī (m. 1385), sufismo y shiismo eran lo mismo (Naṣr 14).
Expresa Sayyid Muḥammad Ḥusayn Ḥusaynī Tihrānī, “el sendero recto es aquel que
combina lo exotérico y lo esotérico” (1). Para los partidarios del ‘irfān /
taṣawwuf, los verdaderos musulmanes son los creyentes puestos a prueba.
¿Qué prueba más grande que observar los Pactos del Profeta Muḥammad al tratar
con la Gente del Libro? Algunos sunnitas de las líneas omeya y abasida podrían
argumentar que los rasgos shiitas y sufíes que se encuentran en los Pactos del
Profeta sugieren que fueron falsificados. Sin embargo, los sunnitas de las
líneas antiomeya y antiabásida argumentarían, junto con shiitas y sufíes, lo
contrario.
Otra evidencia de que los Pactos
Muḥammadianos surgieron del Islam tradicional, civilizado centrado en la sharī’ah
(legislación), la ṭarīqah (camino espiritual) y la ḥaqīqah (Verdad
suprema), se encuentra en los “Pactos del Profeta Muhammad con los Judíos”. Las
obras en cuestión, estudiadas previamente por Hartwig Hirschfeld (1903), `Abd
al-Wāsi’ ibn Yaḥyā al-Wāsi’i (1928), S.D. Goitein (1933, 1971), Yosef Rivlin
(1935), Reuben Ahroni (1981, 1998), Yehudah Nini (1983), Nisim Gamlieli (1983)
y Reuven Firestone (2014), son aún más explícitas a la hora de defender el
papel espiritual y político central de Ahl al-Bayt. En la versión H del
documento, encontrado en Egipto y que fue publicado por Hartwig Hirschfeld en
1903, leemos: “La Familia de la Casa del Mensajero de Dios y todos los
musulmanes están encargados de cumplir con todo lo que está en esta carta”
(Morrow, 2017, vol. 2: 289). En lugar de utilizar la palabra ahl
(familia), como aparece en los Pactos Cristianos, los Pactos Judíos emplean el
término ahl al-bayt Rasūl Allāh o el Pueblo de la Casa del Mensajero de
Dios, cuyo significado no puede ser más claro.
El “Pacto del Profeta Muḥammad
con los Cristianos de Persia”, concedido a los cristianos armenios, también
especifica que los hombres musulmanes solo pueden casarse con mujeres
cristianas en matrimonios mut’ah (de plazo fijo), a diferencia de nikāḥ
(matrimonios permanentes) (Morrow, 2013: 225). Si esto es correcto, ello
apoyaría la narrativa de los shiitas dudodecimanos, ya que tanto los shiitas
zaidíes e ismaelitas insisten en su prohibición. Si algunos de los otros pactos
Muḥammadianos designan con el nombre de sultanes a los sucesores del Profeta,
el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Persia” habla del gobernante
como el Imam, una vez más, de acuerdo con la tradición shiita. Podemos leer: “Los
viajeros... no estarán sujetos a impuestos sobre la tierra, excepto en el caso
de que alguno de ellos sea heredero de una propiedad sobre la cual el Imam
tenga un reclamo legal” (Morrow, 2013: 224). De manera similar, el “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Judíos” (Versión H y A) también describe al sucesor
legítimo del Mensajero de Dios como Imam.
Otra característica shiita se
encuentra en el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos Asirios”, donde
la mención del Imam ‘Alī es seguida por `alayhi al-salām (la paz sea con
él) (Morrow, 2013: 314). Esta peculiaridad también se encuentra en la Versión H
del “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos”. Dicho documento promete
asimismo: “si alguno de vosotros sigue la religión del Mensajero de Dios y su
mandato, tendrá una cuarta parte de lo que el Mensajero de Dios ha ordenado que
se dé a la Gente de su Casa” (Morrow, 2017, vol. 2: 289).
Como es evidente, el Mensajero de
Dios prometió que cualquier judío rabínico convertido al Islam recibiría una
cuarta parte de los khums (impuestos islámicos) destinados a Ahl
al-Bayt (la Gente de la Casa), integrada por: Muḥammad, Fāṭimah, ‘Alī,
Ḥasan, y Ḥusayn. De manera reveladora, el “Pacto del Profeta Muḥammad con la
Casa de Salmān”, destinado a los sacerdotes zoroastrianos, también habla de khums.
Pero en este caso en el contexto de la exención (Morrow, 2017, vol. 2: 444,
445). Los khums mencionados en el Corán y operativos durante la vida de
Muḥammad, desaparecieron prácticamente de la escena sunnita tras el
fallecimiento del Profeta. Los únicos que mantuvieron su vigencia fueron los
shiitas de Ahl al-Bayt, es decir, los partidarios de la Progenie del
Profeta. El persistir en la mantención de los khums debe haber tenido un
fundamento, cuya fuente tendría que ver con los Pactos del Profeta Muḥammad con
los judíos y los zoroastrianos.
Según el relato que acompaña el “Pacto
del Profeta Muḥammad con los Samaritanos”, los líderes religiosos de estos
últimos pidieron que el tratado del Mensajero de Dios fuera reescrito por el
Imam ‘Alī. Presumiblemente sabían que ‘Alī era el sucesor designado y querrían
asegurarse de que las protecciones de ese documento no serían revocadas después
de que el Mensajero de Dios falleciera. Asimismo, el “Pacto del Profeta
Muḥammad con la Banū Zākān” asegura a esta subtribu judía que “No se violará
ninguno de sus derechos mientras oigan al Mensajero de Dios o al Mensajero del
Mensajero de Dios” (Morrow, 2017, vol. 2: 534). ¿Quién era entonces el
mensajero del Mensajero de Allāh? ¿Un mero enviado o emisario o alguien mucho
más importante? La respuesta parece encontrarse en el “Tratado de Maqnā”.
El Tratado
de Maqnā ―citado o mencionado en Wāqidī (m. 823 C), Ibn Sa’d (m. 845 C),
Ibn Zanjaway (m. 865 C), Balādhurī (m. 892 C), Ibn Kathīr (m. 1373 C), Ibn
Qayyim al-Jawziyyah (m. 1350 C), entre muchos otros, y fechado hacia el final
de la misión profética― promete a los
hijos de Ḥanīnah ―que también puede pronunciarse Ḥabībah o Janbah―, judíos de
Maqnā, así como al resto de los habitantes de la ciudad situada cerca de Aylah:
“no habrá ningún jefe [amīr] sobre ustedes que no sea uno de los suyos o
uno de la gente del Mensajero de Dios [Ahl Rasūl Allāh]” (Morrow, 2017,
2:285. Véase también Ibn Sa’d, vol. 1, parte 2:29; Balādhurī 59; Gil 29;
Qureshī 182). Una promesa similar se encuentra en la Versión H del “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Judíos”: “No tendrán otro gobernante [walī] que
no sea de su propio seno o de la Familia del Mensajero de Dios” (Morrow, 2017,
vol. 2: 289).
La versión del
Pacto con los Judíos transmitida por Ibn Sa’d y Balādhurī dice que los judíos
de Maqnā no tendrán otro amīr (príncipe, líder, comandante, gobernante,
jefe) que el suyo propio o un miembro de la Casa del Profeta. En tanto que la
Versión H, encontrada en el Geniza de El Cairo, usa la palabra walī
(guardián, custodio, protector, ayudante, amigo). Mientras que amīr
evoca a Amīr al-Mu’minīn o el Líder de los Creyentes, el término walī
tiene un sentido shiita por excelencia. Porque ‘Alī es el Walī de Dios,
el Jefe de la Awliyyā’ a quien se le concedió la Wilāyah (Tutela)
sobre el Islam y los musulmanes creyentes. Para Aḥmed El-Wakīl, “La
estipulación del Pacto en cuanto a que los Judíos pueden tener un gobernante de
entre ellos o ‘de la Familia del Mensajero de Dios’, denota un fuerte vínculo
familiar entre ambas comunidades que se estableció a través del matrimonio del
Profeta con Ṣafiyyah” (2016: 41).
El Profeta en su
“Carta a los Judíos” manifiesta: “Esta es una carta de Muḥammad, el Mensajero
de Dios, el hermano de Moisés ibn ‘Imrān y su comisionero” (Morrow, 2013: 53).
Como árabe, y descendiente de Ismael, el Profeta estaba orgulloso de
conectarse, por medio del matrimonio, con el pueblo judío o con los
descendientes de Isaac. Sin embargo, el significado es más profundo de lo que
propone El-Wakīl. El Profeta no estaba simplemente creando la relación entre
dos familias del montón. La familia de Muḥammad, los Ahl al-Bayt, se
vinculaba a la familia de Aarón, los Kohanim. Los Imames de Ahl
al-Bayt asumirían el papel de autoridades religiosas en el Islam de la
misma manera que los descendientes directos de Aarón, el hermano de Moisés,
habían asumido la autoridad sacerdotal en el judaísmo.
Si Muḥammad
realmente quería que los musulmanes seleccionaran a sus sucesores basándose en
la shurā (la consulta entre los ancianos de la tribu), ¿por qué habría
prometido a sus súbditos que serían gobernados por sus propios representantes o
por alguien de la Familia del Mensajero de Dios? No se trata de vínculos
familiares con fines personales o políticos a corto plazo. Ahl Rasūl Allāh
(la Familia del Mensajero de Dios) es un término de mucho peso. La afirmación
de que gobernarían directa o indirectamente es muy significativa. El Profeta
estaba sentando las bases de lo que se suponía era un modelo religioso y
político duradero: la wilāyah o tutela de los Imames de Ahl al-Bayt.
¿Y la custodia de qué se les confiaba? Se les confiaba la custodia de los
derechos y libertades que aparecen en los Pactos de Dios y Su Profeta: La
Declaración Islámica de los Derechos Humanos Divinamente Concedidos.
La versión A del “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Judíos”, publicada por Reuben Ahroni en 1998, es la
más elaborada de todas cuando se trata de describir la posición del Imam como
cabeza de la Ummah musulmana. Se lee: “Y deberían pagar [el impuesto] al Imam
encomendado por Dios, el que guía [al verdadero camino], el equitativo, el que
imparte justicia” (Morrow, 2017, vol. 2: 294-295).
En otras palabras, el jizyah
debe ser pagado al Imam, líder asignado por Dios con las características de
equitativo, administrador de justicia y guía en función de las verdaderas
enseñanzas del Islam en todas sus dimensiones, tanto exotéricas como
esotéricas. La versión A del “Pacto del Profeta con los Judíos” describe el
primer atributo necesario del Imam de la siguiente manera: “Y el Imam debe
tener las siguientes cualidades. En primer lugar, debe estar familiarizado con
lo que hace a la justicia, ser temeroso de Dios y ser inmaculado” (Morrow,
2017, vol. 2: 295).
Este punto de vista es
consistente con las enseñanzas de los shiitas duodecimanos, quienes afirman que
los sucesores del Profeta, es decir, los Doce Imames de Ahl al-Bayt,
fueron designados por Dios y eran justos, piadosos y puros. La clave aquí es “puro”
o ṭāhir, una palabra con un significado espiritual profundo y una
alusión al Evento del Manto que es tan central para el shiismo duodecimano.
Para ser breve, el Profeta reunió bajo su manto a ‘Alī, Ḥasan, Ḥusayn, y
Fāṭimah, declaró que eran su Ahl al-Bayt y recibió la revelación del
versículo treinta y tres del capítulo treinta y tres del Corán, conocido como Ayat
al-Taṭhīr (versículo de la purificación), que dice: “Dios solo desea que se
alejen de la impureza, ¡oh gente de la Casa! y purificarlos totalmente”.
Aunque se alega que los Pactos
del Profeta con los judíos fueron inventados por los yemenitas de esa religión
para buscar el favor de sus gobernantes shiitas zaidíes, la reiteración de la
naturaleza inmaculada del Imam es discordante con tales afirmaciones. Los
shiitas doudecimanos y septimanos creen en la doctrina de iṣmah
(infalibilidad de los Imames). Y para los zaidíes sus Imames son seres humanos
divinamente inspirados pero no maṣ‘umīn (infalibles). ¿Por qué un
timador judío invocaría un dogma ismaelita o duodecimano (Ithnā-’Asharī)
cuando apela a los sentimientos de los zaidíes?
La versión A del “Pacto del
Profeta con los Judíos” describe el segundo atributo necesario del Imam de la
siguiente manera: “debe llevar una vida de piedad y de renuncia al mundo y sus
beneficios. [Debe ser] un guerrero contra los paganos y debe proporcionar las
finanzas [apropiadas] para el jihād contra los herejes; debe expulsar a
los opresores y establecer los derechos de los oprimidos frente a su opresor
ante Dios. Debe tener compasión por los débiles y los pobres” (Morrow, 2017,
vol. 2: 295).
La actitud hacia la jihād
menor, es decir, la lucha física contra los opresores y en defensa de los
oprimidos, es coherente con las enseñanzas shiitas. Según las mismas, solo el
Imam justo puede declarar una guerra ofensiva. En ausencia del mismo se
permiten únicamente las guerras defensivas (Amīr-Moezzī 135). La actitud frente
a la guerra es comparable a la que se encuentra en el Antiguo Testamento, es
decir, la ley de la retribución, ojo por ojo y diente por diente, con una
distinción importante. Aunque el Islam llama
a la justicia, también alienta el perdón: “La recompensa del mal es un
mal semejante. Pero quien perdone y corrija el mal será premiado por Dios”
(42:40). El Corán describe a los creyentes como “los que perdonan a los hombres”
(3:134) y “son pacientes y perdonan” (42:43). Puesto que la Hora se acerca,
Dios aconseja a las personas de fe “¡Perdona, pues, generosamente!” (15:85).
La versión A del “Pacto del
Profeta con los Judíos” describe el tercer atributo necesario del Imam de la
siguiente manera: “debe ser valiente en la época de jihād, guerras y
batallas” (Morrow, 2017, vol. 2: 295). Evidentemente, cualquier líder necesita
ser valiente, intrépido y altruista. Sin embargo, esto no significa
necesariamente que el Imam se exponga innecesariamente a situaciones
peligrosas. La valentía del Imam ‘Alī en batalla era fabulosa. Los Imames
al-Ḥasan y al-Ḥusayn también demostraron ser formidables luchadores en Persia y
el norte de África. Y la batalla final de este último en Karbalā’ fue de una
dimensión legendaria. Más aún. Once Imames encontraron la muerte a través del
martirio. El Imam ‘Alī sufrió el golpe mortal de una espada mientras rezaba en
su mezquita. El Imam al-Ḥusayn murió en una batalla gloriosa. Y los otros nueve
fueron envenenados por los gobernantes opresivos de la época.
La versión A del “Pacto del Profeta
con los Judíos” describe el cuarto atributo necesario del Imam de la siguiente
manera: “debe ser de la descendencia de Fāṭimah, la hija del Profeta” (Morrow,
2017, vol. 2: 295). Esta creencia, es decir, que el Imam de la Ummah musulmana
tenía que ser descendiente directo del Profeta Muḥammad a través de su hija
Fāṭimah y su primo y yerno Imām ‘Alī, es compartida por todos los grupos
shiitas. En el “Pacto del Profeta Muḥammad con los Judíos” queda en claro que
las cualidades mencionadas deben ser encarnadas por cualquiera de los Imames
legítimos. De no ser así, “Quien no posea estas cualidades, no tiene derecho al
Imamato y a recaudar el impuesto de capitación” (Morrow, 2017, vol. 2: 295).
Aunque la Versión A del “Pacto
del Profeta Muḥammad con los Judíos” contiene elementos que tienen que ver con
las creencias zaidíes, también contiene elementos que atraen o son de interés
de los de septimanos y duodecimanos. Dichos aspectos podrían no significar una
evidencia de falsificación tardía sino la antigüedad del documento. Es decir,
que el documento es anterior al desarrollo de doctrinas y dogmas que finalmente
diferenciaron a los grupos shiitas.
El “Pacto del Profeta Muḥammad
con los Judíos” era conocido por Ibn al-Sabbāgh (m. 1451 C.), Ibn Qayyim al-Jawziyyyah
(m. 1350 C.), Dhahabī (m. 1348), Ibn Taymiyyyah (m. 1328 C.) y al-Nawawī (m.
1277) (El-Wakīl, 2017: 27-31). Fue invocado en la obra de Natan’el al-Fayyūmī
del siglo XII C. titulada “Bustān al-’uqūl”. Era familiar para al-Khāṭib
al-Baghdādī (m. 1071) (El-Wakīl, 2017: 27-28). El documento también fue citado
en forma abreviada por Ibn Ḥibbān en el siglo X, junto con Balādhurī (m. 892
C), Ibn Zanjawayh (m. 865 C), Ibn Sa’d (m. 845 C), así como por Wāqidī (m. 823
C), en el siglo IX. Según el análisis de Hartwig Hirschfeld, la antigüedad de
la Versión H, encontrada en el Geniza de El Cairo, “es tan grande que podemos
datarla con seguridad en el siglo X o antes” (174). Claramente, el documento,
de una forma u otra, proviene de los primeros días del Islam. Por consiguiente,
no se puede hablar de falsificaciones. Como mucho, se puede hablar de
reelaboración de material antiguo por contracción o expansión.
Si la versión A del “Pacto del
Profeta Muḥammad con los Judíos” es realmente genuina, podría explicar la
crisis que tuvo lugar durante el Califato de Abū Bakr. Como es bien sabido,
muchas de las tribus de Arabia se rebelaron cuando Abū Bakr, a diferencia de ‘Alī,
fue nombrado heredero del Profeta. Si el Profeta había informado a todos ―en el
caso de los judíos por escrito― de que su sucesor tenía que pertenecer a su
progenie, no es de extrañar que los judíos, los judeo-cristianos, los
cristo-musulmanes, los judeo-musulmanes y los musulmanes se rebelaron contra el
primer Califa durante las llamadas guerras de riddah. Si el Mensajero de
Dios les había instruido específicamente que no se debía pagar nada de jizyah
a quien no poseyera las cuatro cualidades especificadas, todos tenían el
derecho de negarse, por principio, a abonar el mismo. Si este fue el caso, entonces
las revueltas que siguieron a la muerte del Profeta fueron guerras en defensa
de la rectitud y no de la apostasía.
La versión A del “Pacto del
Profeta con los Judíos” afirma que el Imam está facultado para recibir khums,
es decir, una quinta parte de cualquier actividad minera, además del jizyah
y los impuestos sobre la propiedad:
“Corresponde a los
sujetos pagar al Imam los impuestos sobre la propiedad y a lo que tiene
derecho, es decir, una quinta parte de las minas de la tierra, los botines y sus
recursos. Tomará lo que corresponde de los judíos, el Pueblo protegido, de
acuerdo con lo que tienen en términos de propiedad. Quienes [viajan] por tierra
o mar, poseen camellos, barcos, esclavos y esclavas, pagarán cinco qaflas al
año. Y los pobres [pagarán] una qafla y media. Pero los pobres deben tener
comida para doce meses y ropa para un año. De lo contrario, quedan exentos de
pago” (Morrow, 2017, vol. 2: 295).
La magnitud de los khums
mencionados anteriormente está de acuerdo con la jurisprudencia zaidí y
jafarita. Lo mismo se aplica a los factores utilizados para determinar si una
persona es pobre o no. Tales posiciones en materia de jurisprudencia podrían
haberse derivado en parte de los “Pactos del Profeta con los Judíos”.
La Versión A del Pacto del “Profeta
con los Judíos” no solo reconoce que el único líder autorizado para recibir jizyah
es el Imam virtuoso, designado divinamente, justo y puro, sino que le impone
obligaciones:
“El [Imām] tendrá
derecho a la jizyah, solo después de haberles concedido [a los judíos]
protección, tres días hacia el este y tres días hacia el oeste, tres días hacia
el norte y tres días hacia el sur. Esto concuerda con el [número de signos del]
zodíaco, [pues] ellos [los Hijos de Israel] son doce tribus. Y [el Imam] debe
concederles la protección de Dios y la protección del Mensajero y su comunidad”.
(Morrow, 2017, vol. 2: 295).
En otras
palabras, no hay derechos sin obligaciones. En resumen, ningún gobernante tiene
el derecho de recolectar jizyah a menos que cumpla con su obligación de
proteger a la comunidad judía del pacto.
El Mensajero de Dios, después de completar la
Peregrinación de Despedida en el décimo año de la hégira, se detuvo en el
Estanque de Ghadīr Khumm el 18 de Dhū al-Ḥijjah, fecha que corresponde
al 10 de marzo del año 632 C. Fue allí donde recibió la revelación: “¡Oh, Mensajero! ¡Transmite lo que ha descendido a
ti procedente de tu Señor! Y, si no lo haces, será como si no hubieses
transmitido nada de Su mensaje. Dios te protegerá de los hombres” (Corán, 5:67). En tal lugar, en presencia de
120.000 musulmanes, pronunció un sermón de tres horas de duración, en el que
declaró:
Parece
que se ha acercado el momento en que seré llamado (por Dios) y responderé a ese
llamado. Les dejo dos cosas preciosas y si se adhieren a ambas, nunca se
desviarán después de mí. Son el Libro de Dios y mi Progenie, que es mi Ahl
al-Bayt. Los dos nunca se separarán uno del otro hasta que vengan a la
Alberca (del Paraíso).
Luego el Mensajero de Dios continuó: “¿No tengo
más derecho sobre los creyentes que ellos mismos?” El pueblo lloró y respondió:
“Sí, Mensajero de Dios”. Fue entonces cuando el Profeta levantó la mano de Alī
y dijo: “Para quienquiera que yo sea su maestro [mawlā], ‘Alī es también
su maestro [mawlā]. Oh Dios, ama a los que le aman, y sé hostil con los
que le son hostiles”. Inmediatamente después de concluir su sermón, se reveló
el siguiente versículo del Corán: “Hoy he
completado vuestra religión y he consumado Mi bendición sobre vosotros y estoy
satisfecho de haberos dado como creencia el Islam” (Corán, 5:3).
La mayoría de
los hadices o tradiciones proféticas son aḥad. Es decir, fueron
transmitidas por una sola persona. Tales dichos no son hechos. Otras
tradiciones son mutawātir o continuas, es decir, fueron transmitidas por
numerosas autoridades. Los estudiosos del hadiz difieren en cuanto a cuántos
narradores se necesitan para que una tradición sea considerada continua.
Algunos ponen el mínimo en cuatro, cinco, siete o diez. Otros elevan el listón
a cuarenta o incluso setenta.
El Ḥadiz de
Ghadīr Khumm, sin embargo, ha sido transmitido por la Casa del Profeta: ‘Alī,
Fāṭimah, Ḥasan y Ḥusayn. Por ciento diez compañeros del Profeta, entre ellos
`Umar, `Uthmān, `A’ishah, Abū Hurayrah, Abū Dharr al-Ghiffārī, Salmān al-Fārsī,
Zubayr ibn al-’Awwām, Jābir ibn `Abd Allāh al-Anṣārī, entre muchos otros. Por
ochenta y tres seguidores de los compañeros del Profeta. Por trescientos
sesenta estudiosos sunnitas desde el siglo II hasta el IV después de la hégira.
También fue transmitido por todos los grandes estudiosos del shiismo como
Kulaynī, Qummī, Mufīd, y Sharīf al-Murtaẓā. El Ḥadiz de Ghadīr Khumm es
auténtico según los estándares académicos islámicos. No solo eso: es un hecho
histórico según los estándares académicos occidentales. Como no tiene sentido
exponer lo evidente, los lectores pueden dirigirse a “al-Ghadīr fī al-Kitāb wa
al-Sunnah”, la obra enciclopédica de once volúmenes de `Allāmah Āminī. Todo lo
que se puede decir es que el caso está cerrado.
Es
importante advertir que durante el Evento de Ghadīr Khumm el Profeta Muḥammad
usó el término mawlā, que significa “maestro”, “guardián”, o “alguien
investido de tutela o autoridad”, para referirse a `Alī, en tanto que en
algunas fuentes se usa walī que, esencialmente, significa lo mismo: “amigo”,
“guardián”, “santo” o “alguien investido de tutela o autoridad”. El Profeta
estaba otorgando la wilāyah o tutela a `Alī, a quien describió como un mawlā
(maestro) o alguien responsable de tutelar. Del mismo modo que otorgaba Pactos
en nombre de los awliyyā’ que lo sucederían, es decir, de aquellos
llamados a ejercer la tutela.
Si vamos a
aceptar las fuentes mencionadas que se encuentran en tradiciones proféticas,
biografías proféticas, historia profética y pactos proféticos, entonces la
evidencia parece apoyar la afirmación de que Muḥammad ibn ‘Abd Allāh, el
Mensajero de Dios, designó explícitamente a `Alī como su sucesor espiritual y
político a lo largo de toda su misión, desde el principio hasta el final. Y que
confió en los Imames de Ahl al-Bayt para que tutelaran el Islam, con el
objeto de asegurase de que los derechos y libertades que Dios y Su Profeta
habían concedido a todas las personas fueran respetados en todos los tiempos
venideros.
Se pueden presentar alegaciones
de falsificación para contrarrestar tales afirmaciones. Pero sería absurdo. Los
opositores de los Pactos del Profeta Muḥammad con los cristianos afirmaron que
fueron inventados por los cristianos. Los opositores de los Pactos del Profeta
Muḥammad con los judíos alegaron que fueron concebidos por los judíos. Los
opositores de los Pactos del Profeta con los samaritanos postularon que fueron
fabricados por los samaritanos. Los opositores de los Pactos del Profeta
Muḥammad con los Zoroastrianos pretendían que habían sido fraguados por los
Zoroastrianos. ¿Cambiará ahora la narración para afirmar que todos los Pactos
del Profeta Muḥammad fueron falsificados por los shiitas? ¿O estaban los
cristianos, judíos, samaritanos y zoroastrianos, todo el Pueblo del Libro,
colaborando con los shiitas “herejes” en algún gran esquema conspirativo?
El “Pacto del Profeta Muḥammad
con los Cristianos Asirios” surgió en una comunidad cristiana en la Alta
Mesopotamia, en lo que hoy es la Turquía moderna, que estaba rodeada de
musulmanes. El “Pacto del Profeta Muḥammad con los Cristianos de Najrān” se
originó en la ciudad del mismo nombre en la que convivían cristianos, judíos y
zoroastrianos. Fue encontrado por el monje Ḥabīb en el “Bayt al-Ḥikmah” (Casa
de la Sabiduría) de Bīr Mantha, un suburbio de Baghdād, en el siglo IX e
incluido en “Chronicle of Seert”. La ciudad en cuestión, situada en el sudeste
de Turquía, ha estado tradicionalmente rodeada de musulmanes. La copia del “Pacto
del Profeta Muḥammad con los Cristianos del Mundo” de 1630 fue encontrada en el
Monte Carmelo en un entorno sunita. La copia del “Pacto del Profeta Muḥammad
con los Cristianos del Mundo” de 1538 proviene de Egipto en una época en que el
país era sustancialmente sunnita.
El “Pacto del Profeta Muḥammad
con los Samaritanos” se encontraba en el “Kitāb al-Tārīkh” de Abū al-Fatḥ
al-Sāmirī, un cronista del siglo XIV que al parecer tenía su sede en Palestina,
en un entorno sunnita. La versión H del “Pacto del Profeta Muḥammad con los
Judíos” proviene de la Geniza de El Cairo y podría haber sido copiada durante
la época shiita fatimita. También aparece como el “Tratado de Maqnā”, citado
por Ibn Sa’d (m. 845 C) y Balādhurī (m. alrededor de 892 C) en época de los
abásidas. En consecuencia, queda desacreditada la afirmación de que se origina
en una falsificación shiita hecha por Muḥammad Ḥamīdullāh (1956) y Muḥammad
Ṣiddīque Qureishī (1991) (Morrow, 2013: 355; 2017, vol. 2: 284).
Hasta la fecha, uno de los
estudios más importantes sobre el “Tratado de Maqnā” fue escrito por Aḥmed
El-Wakīl, quien ha forzado a los académicos, entre los que me incluyo, a
reexaminar las consideraciones cronológicas. La comparación que hizo de las
versiones judía y musulmana del documento “revela el grado de manipulación de
esta última” (2016: 80). Aunque yo inicialmente tendía a concluir que la
versión del “Tratado de Maqnā” relatado por Ibn Sa’d y Balādhurī era
relativamente confiable y que otras versiones se sobredimensionaron debido a los
agregados judíos, debo inclinarme ante la evidencia expuesta por Aḥmed El-Wakil
concienzudamente:
“Una comparación del
Pacto con los Judíos de Khaybar y Maqnā y el Pacto de al-Balādhurī demuestra
que hubo una manipulación deliberada de la historia islámica temprana para
adaptarse a los factores de poder, a pesar de la clara y firme advertencia del
Profeta de no alterar los pactos” (2016: 62).
En otras palabras, la versión del
“Tratado de Maqnā” encontrada en el Geniza de El Cairo, es decir, la versión H
del “Pacto del Profeta Muhammad con los Judíos”, que es la más antigua de todas
según Hartwig Hirschfeld (174), parece ser auténtica. Mientras que, según la
fuente de Balādhurī (173), la versión basada en una entrega fragmentaria de
segunda mano transmitida por medios musulmanes parece haber sido recortada y
acortada por razones de Estado. Sin embargo, incluso en la versión censurada y
truncada se establece fuera de toda duda que el Profeta Muḥammad se había
reconciliado con los judíos y que no hay motivos para el antisemitismo en el
Islam.
Si bien se descubrió un Pacto con
los judíos en Egipto, los otros provienen de familias y comunidades judías en
Yemen. Tengamos en cuenta que los shiitas zaidíes hasta poco siempre fueron una
minoría en la región, aunque ahora representan el 44% de la población. ¿Por
qué, entonces, los judíos tratarían de hacerse querer por una minoría musulmana
perseguida que fue históricamente blanco de los poderes sunnitas de la región y
del mundo musulmán en general? Simplemente no tiene sentido.
El “Pacto
del Profeta Muḥammad con la Casa de Salmān” aparece en Persia pero no en la
época de los safávidas sino cuando la zona era casi exclusivamente sunnita. El
documento se presenta en los trabajos de eruditos sunnitas del hadiz como Abū
al-Shaykh (m. 979 C) y Abū Nu’aym (m. 1038 C). Recién surge en fuentes shiitas
un siglo más tarde cuando Ibn Shahrāshūb (m. 1192 C) incluye una recensión.
Esta versión fue reproducida íntegramente quinientos años después por el
erudito shiita safávida Majlisī (m. 1698) en su “Biḥār al-anwār”. Si los
shiitas inventaron los Pactos del Profeta, ¿por qué fueron los últimos en
registrarlos?
Conclusiones
Como puede
apreciarse en este breve estudio, el Mensajero de Dios describió a Alī como walī,
waṣī, mawlā, y khalīfah en hadices o tradiciones proféticas
auténticos. Cuando el Profeta del Islam otorgó Pactos de Protección a judíos,
cristianos y zoroastrianos, lo hizo en nombre de los aṣfiyyā’ y awliyyā’,
es decir, en nombre de los elegidos y de los justos amigos de Dios a los que se
otorgaba la facultad de cuidar y supervisar la comunidad. Específicamente les
dijo a los judíos de Hanīnah que nadie los gobernaría excepto uno de ellos o un
miembro de Ahl Rasūl Allāh (la Familia del Mensajero de Dios). A los
judíos yemenitas les aseveró que serían gobernados por uno de ellos o por un
miembro de su Ahl al-Bayt. ¿A quién se refería el Mensajero de Dios
cuando hablaba de aṣfiyyā’, ahlī, awṣiyyā’, mawālī, khulafā’, Ahl Rasūl
Allāh, y Ahl al-Bayt? ¿Quiénes fueron los elegidos, la progenie, los
ejecutores, los maestros investidos de autoridad, los sucesores, la Casa del
Mensajero de Dios y la Gente de la Casa sino los Doce Imames de Ahl al-Bayt?
Aunque se lo puede considerar
algo etéreo, a los Imames de Ahl al-Bayt se los presenta en los Pactos
en calidad de sucesores del Profeta y protectores del Pueblo del Libro. Los
Pactos del Profeta se hacen en nombre de los elegidos de Dios y de los santos,
es decir, de los seguidores de la religión esotérica. Y en su redacción se
advierte que cualquier sultán, es decir, cualquier seguidor de la religión
exotérica que los viole será condenado. Los Pactos Muḥammadianos manifestarían
una distinción entre autoridades espirituales y políticas. ¿Podría constituir
esto un indicio de que son posteriores a la separación sunnita-shiita? Creo que
no. Por el contrario, su falta de especificidad sectaria sugiere que son
anteriores a la misma. Aparte de ciertos pactos con los judíos ―que tienen un
sabor shiita ligeramente más fuerte― que podrían proporcionar una base
doctrinal y jurisprudencial para zaidíes y duodecimanos, el shiismo es sutil en
el resto de los pactos Muḥammadianos. De hecho, nos recuerda al imamismo
inicial, que era una síntesis de shiismo y sufismo. También podría evocar formas
tradicionales de sufismo que remontan sus linajes espirituales a los Imames de Ahl
al-Bayt. Los Pactos del Profeta no contienen ningún indicio de
falsificación cristiana, judía, sunnita, sufi o shiita. No son inventos de los
seguidores de los cinco, siete o doce Imames. Parecen ser el producto de un
entorno o ambiente musulmán primitivo. Contienen las semillas que brotarían
para formar diferentes escuelas de pensamiento, jurisprudencia y
espiritualidad. Parecen pertenecer al período original o primitivo del Islam.
Los Pactos del
Profeta con los cristianos, judíos, samaritanos y zoroastrianos no son
falsificaciones, independientemente de lo que problematicen nuestra comprensión
del Profeta Muḥammad y de los comienzos del Islam. En todo caso, una extensa investigación
sugiere que son la encarnación de la honestidad teórica. Demuestran que la
comunidad musulmana se desvió de manera importante de las enseñanzas del
Mensajero de Dios. En primer lugar, por no seguir a sus sucesores divinos y
proféticamente designados, los Imames de Ahl al-Bayt. En segundo lugar,
por no seguir, aplicar e implementar los Pactos que Dios, el Profeta y Sus
Herederos le confiaron. Y, en tercer lugar, por no abrazar la democracia en
ausencia de un Imam divinamente designado.
Referencias
Ahroni, Reuben. 1981. “From Bustān
al-’uqūl to Qiṣat al-batūl: Some
Aspects of Jewish-Muslim Religious Polemics in Yemen.” Hebrew Union College Annual 52: 311-360.
---. 1998. “Some Yemenite Jewish Attitudes towards Muḥammad’s
Prophethood.” Hebrew Union College Annual
69: 49-99.
Amīr-Moezzī, Moḥammad ‘Alī. 1994. The
Divine Guide in Early Shī’ism: The Sources of Esotericism in Islām. Trans.
David Streight. Albany: State University of New York Press.
Balādhurī, Aḥmad ibn Yaḥyā. 1866. Futūḥ
al-buldān. Ed. M.J. de Goeje. Leiden: Brill.
Böwering,
Gerhard. 2012. “Ibn al-’Arabī’s Concept of Time.” Ishraq 2: 108-123.
Considine,
Craig. 2016. “Religious Pluralism and Civic Rights in a ‘Muslim Nation:’ An
Analysis of Prophet Muhammad’s Covenants with Christians.” Religions 7
(2): 15.
Dhahabī. 2001.
Sayr A’lām al-Nubalā’. Vol. 18. Beirut: Mū’assasat al-Risālah: 280. <http://library.islamweb.net/newlibrary/display_book.php?ID=4422&bk_no=60&flag=1>. Accessed 4 March 2018.
Firestone, Reuven. 2014. “The Prophet Muḥammad in Pre-Modern Jewish
Literatures.” The Image of the Prophet
between Ideal and Ideology: A Scholarly Investigation. Ed. Christiane
Gruber and Avinoam Shalem. Berlin: Walter de Gruyter. 27-44.
Gil, Moshe. 1997. A History of
Palestine, 634-1099. New York: Cambridge University Press.
Godlas, Alan
Arthur. 1991. The Arā’is al-bayān: The
Mystical Qur’ānic Exegesis of Rūzbihān al-Baqlī. Vol. 1. Berkely:
University of California.
Goitein, S.D. 1971. A Mediterranean
Society: The Jewish Communities of the Arab World as Portrayed in the Documents
of the Cairo Geniza. Vol. 2. Berkeley, Los Angeles, and London: University
of California Press.
Gruber, Christiane and Avinoam Shalem, eds. 2014. The Image of the Prophet between Ideal and Ideology: A Scholarly
Investigation. Berlin: Walter de Gruyter.
Ḥamīdullāh, Muḥammad. 1956. al-Wathā’iq.
Cairo: Dār al-Nafā’is.
Hámori, András.
1991. The Composition of Mutanabbī’s
Panegyrics to Sayf al-Dawla. Leiden: Brill.
Hirschfeld, Hartwig. 1903. “The Arabic Portion of the Cairo Genizah at
Cambridge.” The Jewish Quarterly Review
15.2: 167-181.
Ḥussainī, Syed Shah Khusro. 1983. Sayyid
Muḥammad al-Ḥusaynī-i Gīsūdirāz (721/1321-825/1422): on Ṣūfism. Delhi:
Idarah-i Adabiyat-i Delli.
Ibn Isḥāq, Muḥammad. 1987. The Life
of Muḥammad. Trans. Alfred Guillaume. Oxford: Oxford University Press.
Ibn Qayyim. 1992. al-Muntadham
fī Tarīkh al-Mulūk wa al-Umam. Vol. 16. Beirut: Dār al-Kutub al-’Ilmiyyah. 129- 30.
---. 1997. Aḥkām Ahl al-Dhimmah. Vol. 1. Ḍamām: Rumādī li al-Nashr. 166. <http://library.islamweb.net/newlibrary/display_book.php?idfrom=24&idto=25&lang=&bk_no=105&ID=27>
Accessed 4 March 2018.
Ibn Sa’d. 1993. Kitāb al-Ṭabaqāt
al-kabīr. Trans. S. Moinul Ḥaq and H.K. Ghazanfar. Vol. 1. New Delhi: Kitab
Bahvan. <http://www.soebratie.nl/religie/hadith/IbnSad.html#Book
A.1> . Accessed 4 March, 2018.
Mavānī, Ḥamīd. 2013. Religious
Authority and Political Thought in Twelver Shī’ism: From ‘Alī to Post-Khomeinī.
New York: Routledge.
Miyānjī, ‘Alī Ahmadī. 1998. Makātib
al-Rasūl. Qum: Muʼassasat Dār al-Ḥadīth al-Thaqāfiyyah,
Morrow, John Andrew. “The Covenants of the
Prophet Muḥammad Continue to Cause Controversy.” The Maydan (October 16,
2019). <https://www.themaydan.com/2019/10/the-covenants-of-the-prophet-muhammad-continue-to-cause-controversy/>. Accessed 17 October 2019.
---, ed. 2017. Islām and the People of the Book: Critical Studies on the Covenants of
the Prophet. 3 vols. Newcastle upon Tyne: Cambridge Scholars Publishing.
---. 2017. “The Prophet and the Parsis:
Examining the Evidence.” Islām and the
People of the Book: Critical Studies on the Covenants of the Prophet. Vol.
2. Ed. John Andrew Morrow. Newcastle upon Tyne: Cambridge Scholars Publishing.
443-468.
---. 2017. “The Covenants of the Prophet
Muḥammad with the Jews.” Islām and the
People of the Book: Critical Studies on the Covenants of the Prophet. Vol.
2. Ed. John Andrew Morrow. Newcastle upon Tyne: Cambridge Scholars Publishing.
281-318.
---. 2017. “The Covenant of the Prophet
Muḥammad with the Samaritans and the Covenant of the Prophet Muḥammad with the
Banū Zākān.” Islām and the People of the
Book: Critical Studies on the Covenants of the Prophet. Vol. 2. Ed. John
Andrew Morrow. Newcastle upon Tyne: Cambridge Scholars Publishing. 527-542.
---. 2017. “The Provenance of the Prophet’s
Covenants.” Islām and the People of the
Book: Critical Studies on the Covenants of the Prophet. Vol. 2. Ed. John
Andrew Morrow. Newcastle upon Tyne: Cambridge Scholars Publishing. 1-213.
---. 2013. The
Covenants of the Prophet Muḥammad with the Christians of the World. Tacoma,
WA: Angelico Press & Sophia Perennis.
Naṣr, Seyyed Ḥossein. 1977. “Preface.” Shī’ite Islām. Sayyid Muḥammad Ḥusayn Ṭabāṭabā’ī. Albany: State
University of New York Press.
Nawāwī (nd). Rawḍat al-Ṭālibīn wa ‘Umdat al-Mufatīn. <http://islamport.com/w/shf/Web/121/1539.htm>
Accessed 4 March 2018.
Qureishī, Muḥammad Ṣiddīque. 1991. Foreign Policy of Hadrat Muḥammad. New
Dehli: Kitab Bhavan.
Rane, Ḥalīm.
2019. “‘Cogent Religious Instruction:’ A Response to the Phenomenon of Radical
Islamist Terrorism in Australia.” Religions
10 (4): 246.
Sa’dī. 1965. The Gulistān. New York: Putnam.
Ṭabāṭabā’ī, Sayyid Muḥammad
Ḥusayn. 1977. Shī’ite Islām. Albany:
State University of New York Press.
Tihrānī, Sayyid Muḥammad Ḥusayn Ḥusaynī. 2003.
Kernel of the Kernel: Concerning the
Wayfaring and Spiritual Journey of the People of Intellect. Albany: State
University of New York Press.
Wakīl, Aḥmed El-. 2017. Searching for the Covenants: Identifying Authentic Documents of the
Prophet Based on Scribal Conventions and Textual Analysis. M.A. thesis.
Doha: Hamad Bin Khalifa University.
---. 2016. “The Prophet’s Treaty with the
Christians of Najrān: An Analytical Study to Determine the Authenticity of the
Covenants.” Journal of Islāmic Studies. 1-83.
---. 2019. “Whoever Harms a Dhimmī I Shall Be
His Foe on the Day of Judgment”: An Investigation into an Authentic Prophetic
Tradition and Its Origins from the Covenants.” Religions 10 (9): 516.
Walker, Paul
Ernest. 1999. Ḥamīd Al-Dīn Al-Kirmānī:
Ismaili Thought in the Age of Al-Ḥākim. London: I.B. Tauris.
Wāsi’i, ‘Abd
al-Wāsi ‘ ibn Yaḥyā al-. 1928. Ta’rīkh al-Yaman. Cairo: Maṭba’ah al-Salafiyyah, 6.
0 comentarios
No se permite bajo ningún criterio el lenguaje ofensivo, comente con responsabilidad.