Respuestas musulmanas contemporáneas a la cuestión de la libertad y los derechos humanos por Seyyed Hossein Nasr

viernes, diciembre 06, 2013




Lejos de mostrarse pasivos ante los retos planteados por Occidente sobre la cuestión de la libertad y los derechos humanos, durante las últimas décadas, quienes han tratado de analizar el significado actual de la libertad para la sociedad islámica, más allá de las urnas y los compromisos prácticos y teóricos que implica la cuestión de los derechos humanos, han ofrecido numerosas respuestas desde el punto de vista del Islam. En la mayoría de los países islámicos existen ahora grupos de derechos humanos, a los que se oponen algunos gobiernos y que incluso son considerados agentes de Occidente por otros. Se han producido también extensos debates sobre la cuestión del Islam y los derechos humanos entre teólogos, filósofos y juristas, incluidas algunas de las autoridades tradicionales más eminentes. Muchas deliberaciones, congresos y debates a comienzos del siglo XV del calendario islámico, fecha que corresponde a la década de 1980, condujeron a la publicación de una declaración islámica de derechos humanos que logró el apoyo de numerosas autoridades musulmanas tradicionales y muchas organizaciones importantes y que se ha difundido ampliamente por todo el mundo islámico. 

Basados íntegramente en el Corán y el Hadtih, los derechos enumerados en este documento incluyen el derecho a la vida, la libertad, la igualdad y la prohibición de la intolerable discriminación; el derecho a la justicia, a un juicio justo, la protección contra el abuso de poder, la protección contra la tortura, la protección del honor y la reputación, y el derecho de asilo; los derechos de las minorías; el derecho de participación en la dirección y gestión de los asuntos públicos; los derechos de creencia, pensamiento y expresión; libertad de religión y de libre asociación; libertad de actuar en lo que concierne al orden económico, protección de la propiedad, seguridad social, libertad de fundar una familia, y asuntos relacionados; los derechos de las mujeres casadas; el derecho a la educación, a la intimidad y libertad de movimiento y de residencia.
Un occidental escéptico podría decir que éstos son simplemente conceptos occidentales modernos de los derechos humanos formulados en términos islámicos. Pero lo cierto es que cada uno de estos derechos  está sostenido por referencias coránicas y del Hadtih. Sin duda, lo que constituye el contenido de los derechos humanos, y no su forma, no es algo específicamente moderno, sino que se encuentra de una manera u otra en las enseñanzas morales y espirituales de diversas religiones y en los escritos de filósofos morales de muchos países, de China a Francia, incluidos, por supuesto los del mundo islámico. Lo que este documento y otros similares ofrecen, son las respuestas del mundo islámico al reto planteado por occidente en esta materia, pero la sustancia de la respuesta procede del propio Islam.

Algunos podrían decir que aunque éstos sean ideales islámicos, no se realizan hoy en día en el mundo islámico. Esa observación es cierta en alguna medida, pero no absolutamente. Ahora bien, el mundo islámico no es una excepción en esta materia. Ninguna sociedad, de China a México, está a la altura de esos ideales. Ni siquiera Occidente los vive por completo, como se ve en la presencia continua del racismo en Estados Unidos. Para ser justos, habría que decir que algunos de estos ideales se realizan más plenamente en Occidente y otros en el mundo islámico, si se toma en consideración toda la gama de derechos humanos con relación a nuestros deberes para con Dios y Su creación. En cualquier caso, la corriente principal del pensamiento islámico no tiene un conflicto con Occidente, ni siquiera con su componente secularista, sobre la cuestión del contenido de los derechos humanos ni tampoco sobre la necesidad de su puesta en práctica. Donde existe una diferencia básica es en la relación entre los derechos humanos y las responsabilidades humanas, y también en cuanto a nuestros derechos frente a los derechos de Dios sobre nosotros y el resto de Su creación. Sobre esta cuestión, muchos pensadores occidentales judíos y cristianos están de hecho más cerca de sus homólogos musulmanes que de sus compatriotas laicistas.

En el nivel práctico, a pesar de numerosos obstáculos políticos y sociales, en los años recientes ha habido en varios países islámicos un desarrollo hacia un mayor respeto por la ley y los derechos y libertades que en ella se garantizan. En países tan diferentes como Malasia, Indonesia e Irán hay en marcha un intento de desarrollar lo que se denomina una sociedad civil islámica gobernada por la ley, que no sería una sociedad secularizada, sino una sociedad civil en las que estarían garantizados los derechos de los ciudadanos. Las dicotomías establecidas por tantos supuestos expertos en Occidente entre una “teocracia” y una sociedad y un gobierno no seculares son simplemente falsas en el mundo islámico y no se pueden aplicar a él. Arabia Saudí o Irán no son teocracias en el sentido occidental del término, y el de Egipto no es un Estado laicista. Actualmente, el mundo islámico está en proceso de responder a los retos planteados por el modernismo tanto en este ámbito como en otros. Muchos experimentos están en curso en países tan diferentes como Turquía e Irán. Y puesto que este proceso se desarrolla bajo unas condiciones en las que no existe una libertad completa dentro o fuera, a veces se manifiestan formas extremas de acción con consecuencias trágicas. Pero estas violentas erupciones no deben hacernos olvidar que en un nivel más profundo está sucediendo algo mucho más fundamental. Y lo que está sucediendo es que se está dando respuesta a los difíciles desafíos que plantea el mundo moderno por parte de una importante civilización mundial que, a pesar de su habitual debilidad política y militar, tiene los recursos espirituales necesarios para subrayar la importancia de la dignidad humana y los derechos que Dios ha concedido a los seres humanos; y todo ello, sin dejar de subrayar, al mismo tiempo, que todos nuestros derechos proceden del cumplimiento de nuestras responsabilidades con Dios y Su creación, y que sin aceptar las responsabilidades, el énfasis en los derechos sólo puede transformarnos en una especie que es un peligro para sí misma y para todo lo que le rodea.

Extraído del libro El corazón del Islam, Editorial Kairós 2007, Barcelona, España, páginas 324 a 327.

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